
“Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social”, reza el acápite 1, del artículo 27 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Asimismo, el artículo 20 señala que “los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar, o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio, tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado”.
La imagen tomada a finales de 1887 en el patio de la casa del director teatral André Antoine, que había invitado a los jóvenes artistas a participar en su Teatro Libre en París
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió a trámite este martes un recurso de protección presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) para que las personas que se encuentran privadas de libertad y que estén habilitadas para sufragar, puedan ejercer este derecho en las próximas elecciones municipales.



La bancada del Partido Comunista y la Izquierda Ciudadana presentó una propuesta política para plantear al Gobierno la posibilidad de rebajar el sueldo de las principales autoridades del Estado, y con ello financiar un alza en las pensiones básicas solidarias.
