La organización considera que el Estado chileno debe respetar, proteger y cumplir los derechos sexuales y reproductivos de todas las personas, asegurando el acceso equitativo a los servicios y a la información de salud sexual y reproductiva, incluidos métodos anticonceptivos.
El fallo aprobatorio del Tribunal Constitucional sobre este requerimiento afecta directamente el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de la población, fundamentados en los derechos humanos ya reconocidos en los distintos tratados internacionales.
La prohibición de la PAE, DIU y pastillas anticonceptivas con levonorgestrel (componente que posee el 100% de los anticonceptivos entregados por el sector público y 40% del sector privado) según información entregada por el instituto nacional de estadísticas, y la CEPAL, afectará a más de 3 millones de mujeres entre 15 y 49 años, que utilizan alguno de estos métodos de planificación familiar y a sus familias, ya que no podrán decidir sobre su maternidad y el espaciamiento de sus hijos. La aprobación del requerimiento no sólo aumentaría la tasa de natalidad, sino que paralelamente afectaría la tasa de abortos clandestinos, produciéndose más de 280.000 al año. Además, el número de muertes por aborto aumentaría hasta en 5 veces.
Los grupos más afectados por esta resolución serán la población de menores recursos, ya que estos dependen del sector público para la atención del embarazo, parto y entrega de anticonceptivos. Por otra parte, los adolescentes no contarían con educación sexual en los colegios ni acceso a los principales métodos anticonceptivos.
El respeto de los derechos sexuales y reproductivos implica el derecho de las personas a decidir de forma libre sobre las cuestiones relacionadas con su sexualidad y su vida reproductiva, entre los que se encuentra el derecho a decidir sobre el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos, el derecho al acceso a servicios de salud sexual y reproductiva, a buscar, recibir y suministrar información sobre sexualidad y reproducción, y a recibir educación sexual, entre otros. En lo que respecta específicamente a los menores, estos tienen derecho a acceder a la información y a los servicios necesarios para garantizar su salud sexual y reproductiva de acuerdo con su capacidad de desarrollo sin sufrir discriminación por la edad.
