Diciembre 27, 2024

Corte Suprema confirma fallo que ordena al fisco indemnizar por $ 4.500 millones a prisioneros políticos de Isla Dawson

 

La Corte Suprema ratificó la sentencia que ordena al Estado de Chile pagar una indemnización total de más de $4.500.000.000 (cuatro mil quinientos millones de pesos) a un grupo de prisioneros de Isla Dawson, detenidos entre septiembre de 1973 y septiembre de 1974 en dicho centro de detención política.

 

 

En fallo unánime la Segunda Sala del máximo tribunal del país rechazó el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó resolución del Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago que ordenó pagar $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) a cada uno de los 31 ex prisioneros demandantes.

 

La sentencia de la Corte Suprema confirma la responsabilidad del Estado por los daños físicos y sicológicos que sufrieron los ex prisioneros del centro de reclusión política, ubicado en la Región de Magallanes.

 

“Es menester dejar en claro que el fallo asentó como fundamento de la pretensión indemnizatoria el hecho de ser víctimas de violaciones graves a los derechos humanos perpetradas por agentes del Estado de Chile, especificándose en cada acontecimiento las datas de sus secuestros, las torturas soportadas, el tiempo que permanecieron privados de libertad y las secuelas que padecen, menoscabos que hasta ahora persisten en todos los ámbitos de su vida. (…) En lo relativo a la prescripción, asevera el sentenciador que la acción indemnizatoria encuentra asidero en la comprobación de las torturas sufridas por los actores e inferidas por el Estado chileno, con enorme poder de coerción y uso de la fuerza, conculcando así el artículo 5.2 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos; y si bien la acción indemnizatoria ostenta un sesgo patrimonial, no pierde su índole humanitaria y obedece al respeto de los derechos de todo ser humano (…) En esas condiciones, atendida la gravedad de las violaciones a los derechos humanos a que fueron sometidos los demandantes, que incluye el tiempo que estuvieron prisioneros, al punto de ser reconocidos como víctimas del Estado chileno en el Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, el dolor y aflicción que se les provocó, no solo físico e inmediato sino causante de un estado de vulnerabilidad con efectos permanentes, es que se accedió a la pretensión de los demandantes, como colofones de un inconmensurable daño moral producto de su reclusión ilegal en una isla del fin del mundo, los maltratos y la agonía de la incertidumbre de su propia existencia”, sostiene el fallo.

Asimismo, la resolución considera que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles tanto en el aspecto penal, como en el aspecto civil, de acuerdo a la legislación internacional.

 

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