Diciembre 27, 2024

Reconstituyen escena de homicidio de miristas en 1981 con la participación del desaforado diputado RN Rosauro Martínez

La  ministra en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valdivia, Emma Díaz Yévenes, encabezó el martes la reconstitución de escena de los hechos que culminaron con la muerte de tres miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria -MIR- en la localidad precordillerana de Remeco Alto, en la comuna de Panguipulli, en septiembre de 1981.

 

 

La diligencia, que se extendió por cerca de cuatro horas y contempló, además, los relatos de nueve partícipes directos de los hechos, cinco de ellos ex militares, entre los cuales se encuentra el desaforado diputado Rosauro Martínez Labbé, procesado por la ministra Díaz, en septiembre del año pasado, en calidad de autor de los homicidios de Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez, Próspero del Carmen Guzmán Soto y José Eugenio Monsalve Sandoval.

 

Tras concluir la diligencia, la ministra en visita Díaz Yévenes, señaló que “hemos procedido a practicar la reconstitución de escena de los hechos acaecidos en septiembre de 1981 en este lugar -que en esa época se llamaba Remeco Alto-, haciendo contrastar distintas versiones que habrían sobre los hechos. Siempre se avanza en toda diligencia, porque las diligencias las hacemos para avanzar en la tramitación y en la determinación de la verdad”.

Durante las pericias, además de los convocados a participar y declarar en la reconstitución de los hechos por la ministra Díaz, se encontraban presentes familiares de los fallecidos, y representantes de organizaciones de derechos humanos; además de los equipos especializados del Servicio Médico Legal y de la Policía de Investigaciones, quienes desarrollaron pericias balísticas, planimétricas, fotográficas y el registro audiovisual de la diligencia, antecedentes que serán sumados a la carpeta de investigación, con el objetivo de clarificar aspectos técnicos, tales como; trayectoria de los proyectiles, disposición,  ubicación y desplazamientos de los involucrados, entre otros.

 

Los hechos:

 

Según los antecedentes recopilados en la investigación, la ministra Emma Díaz ha logrado acreditar la siguiente secuencia de hechos:

“Se encuentra establecido que durante el mes de marzo del año 1979 un grupo de exiliados que se encontraban en Europa decidieron abrir un frente guerrillero en la zona Sur de Chile, para lo cual se reunieron en París, a fines del año 1980, desde allí viajan desde Madrid en avión hasta Argentina y desde allí ingresan por pasos no habilitados a la zona de Neltume, allí empiezan a realizar reconocimientos del terreno, buscar caminos habilitados y proveerse de alimentos y de ropa de abrigo los que mantienen en los denominados tatos. Debido a las inclemencias del tiempo, tienen problemas de salud y poca alimentación por lo que deciden acercarse a un lugar denominado Remeco Alto e ingresan a la casa de una conocida de uno de los guerrilleros de nombre Floridema Jaramillo, estos guerrilleros eran Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez, Próspero del Carmen Guzmán Soto y José Eugenio Monsalve Sandoval”.

La investigación de la ministra da cuenta, además, que la mujer que les prestó ayuda a las víctimas, las denunció ante las autoridades policiales de la localidad, las que se trasladaron hasta su domicilio.

“Llegó, un capitán militar acompañado de 3 militares de grado inferior, quien luego de instarle a los guerrilleros que salieran de la casa, dispararon contra el inmueble hasta dejarlo prácticamente inutilizado, a consecuencia de lo cual resultaron muertos Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez, Próspero del Carmen Guzmán Soto y José Eugenio Monsalve Sandoval, a continuación llegó un gran contingente militar que continuó con la operación y traslado de los guerrilleros fallecidos. Señalándose como causa de muerte en los protocolos de autopsia lo siguiente: según fs. 1075 Patricio Calfuquir, como causa precisa de la muerte cinco heridas a bala tóraco-abdominal en sedal, complicadas de rotura y estallido de órganos y vísceras y los disparos presentan características de haber sido efectuados desde larga distancia con armas automáticas y de gran calibre; en fs. 1076 respecto de Próspero del Carmen Guzmán Soto la causa precisa de la muerte son veintiocho heridas a bala tóraco-abdominal y extremidades en sedal complicadas de rotura y estallido de órganos, vísceras y fracturas conminutas y los disparos con características de haber sido efectuados desde larga distancia con armas automáticas y de gran calibre; a fs. 1077 en relación a Pedro Juan Yánez Palacios la causa precisa de la muerte fue herida a bala cráneo encefálico en sedal con estallido de caja craneana, como resultado de un disparo efectuado desde larga distancia y con un proyectil de gran calibre, presenta amputación espontánea por probable congelación de los dedos de ambos pies, en avanzado proceso de cicatrización”, establece la resolución.

Dictamen que agrega que sobre la base de los antecedentes recogidos en la investigación y “de la propia declaración de Rosauro Martínez Labbé de fs.2905 A 2907, existen presunciones fundadas para estimar que le ha correspondido participación en calidad de autor del delito de homicidio calificado en la persona de Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez, Próspero del Carmen Guzmán Soto y José Eugenio Monsalve Sandoval, cometido en Neltume, Remeco Alto, provincia de Valdivia, el 20 de septiembre de 1981”.

 

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *