Diciembre 27, 2024

Trampas para ganar más dinero

Todos aquellos que estaban situados en las cúpulas de los poderes políticos y económicos, por muchos años “vendían la pomada” de que Chile era un país serio y que la corrupción que se conocía en los otros países, aquí no existía y se vanagloriaban de que funcionaban al dedillo las instituciones para garantizar el Estado de Derecho. Quien escribe esta columna nunca ha estado de acuerdo con lo que ellos han pregonado porque conoce muy bien la hipocresía chilensis y si se revisan las columnas publicadas por el suscripto en este medio se podrá constatar lo aseverado.

 

 

Ahora bien, en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), de acuerdo a sus condiciones y estándares de diseño, se clasifican las distintas vialidades que son las siguientes en orden de mayor a menor jerarquía : expresas, troncales, colectoras, de servicio, locales y pasajes, todas bienes nacionales de uso público.

 

Los pasajes están destinados a la circulación de peatones y a eventuales tránsitos de vehículos y este tipo de vías tienen un ancho que fluctúa entre los 11 y 8 metros, medidos entre líneas oficiales, señalándose que sobre ellos, por razones de fácil entendimiento, se pueden construir edificaciones habitaciones de hasta 3 pisos. Conocemos muchos casos en que esta clarísima normativa ha sido sobrepasada por inmobiliarias bien relacionadas con aquellos que, en vez de fiscalizar, son simples comparsas de quienes se dedican a explotar el recurso suelo urbano.

 

A continuación damos a conocer solo 3 situaciones, de las innumerables que se conocen:

 

1.- Hemos denunciado con bastante publicidad, y es más, también en el Ministerio Público, cómo en el pasaje sin salida denominado oficialmente callejón Massmann, con un ancho de 10 metros entre líneas oficiales y con una reducida calzada en la ciudad de Temuco se ha construido un edificio habitacional de 12 pisos, es decir, vulnerándose la disposición reglamentaria antes señalada. Esta ilegalidad se le informó a Magdalena Matte, cuando ella ejercía el cargo de ministra de Vivienda y Urbanismo, pero el poder fáctico del influyente inversionista fue más fuerte y la Fiscalía Regional de Temuco no tuvo mayor interés en indagar lo acontecido y por ello el edificio está allí erguido por la fuerza de los hechos consumados.

 

2.- La Dirección de Obras de la Municipalidad de Valdivia, muy suelta de cuerpo, autorizó recientemente un permiso de edificación para que en un pequeño terreno de 400 m2 que enfrenta el angosto pasaje Los Temos, en la isla Teja, de esa hermosa ciudad, se levante un edificio habitacional de 5 y 6 pisos, como vemos, nuevamente intentándose violar la norma urbanística de alcance nacional. Este pasaje tiene una calzada de escasos 3,5 metros y la inmobiliaria que logró obtener el permiso todavía no inicia las faenas porque los vecinos, bien informados, interpusieron un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de esa ciudad.

 

3.- Sobre un pasaje sin salida, en el sector de Santa Inés, en la ciudad de Viña del Mar, vía que tiene 10 metros entre líneas oficiales y que cuenta con una calzada de 5 metros, la Dirección de Obras Municipales sobrepasando sus atribuciones, se tomó la libertad de autorizar en septiembre del año 2014 la construcción de un edificio de 20 pisos en un lote resultante de una fusión de dos de ellos, los cuales a su vez eran producto de una subdivisión anterior, ardid generalmente utilizado por la industria de la construcción para obtener así los beneficios de mayor coeficiente de constructibilidad, conforme al artículo 63º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Los vecinos perjudicados por esta pillería recurrieron a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la que admitió a tramitación la acción judicial.

 

Nos ha llamado la atención que la alcaldesa Reginato de Viña del Mar, posiblemente azuzada por sus técnicos inmobiliarios, hace un par de años había resuelto en una modificación al Plan Regulador Comunal (PRC) que en “todas las vías públicas existentes de la comuna con tránsito vehicular, que tengan un ancho entre líneas oficiales de menos de 12 metros y hasta 8 metros o aquellas cuya calzada no sea inferior a 6 metros, serán clasificadas como vías locales”, asimilación errónea que transforma, a través de un simple acto administrativo como son los decretos alcaldicios, a los pasajes en vías de mayor rango, como son las vialidades locales las que, entre otras cosas, permiten estacionamiento de vehículos en sus calzadas y la distancia entre líneas oficiales no es inferior a 11 metros con un ancho mínimo de calzada de 7 metros.

 

Debemos tener presente que la OGUC y sus cambios se originan en Decretos Supremos firmados por el presidente de la República, en conjunto con el ministro de Vivienda y Urbanismo, de tal forma que un PRC no puede ir contra la OGUC. La insensata decisión municipal se produjo porque la Contraloría General de la República (CGR) no tomó razón del cambio en el PRC de Viña del Mar por el simple motivo de que la débil institucionalidad ha dispuesto que este tipo de modificaciones en los PRC de ciudades adscritas a un Plan Regulador Intercomunal (PRI) no van al control de legalidad en la CGR. En la especie, el PRI respectivo se denomina PREMVAL .

En resumen, el primer caso irregular ya se consolidó y el segundo y tercero, por iniciativas ciudadanas, están radicados en los tribunales de justicia esperándose que éstos corroboren que en los pasajes no se pueden construir edificaciones habitacionales de alta densidad, las que, como es lógico, si se siguen convalidando los abusos, continuarán generando excelentes e indebidos mayores lucros a los titulares de este tipo de negocios.

 

 

 

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