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Agosto 18, 2026

Continúa el despelote ambiental

Ante una reciente y extraña aprobación ambiental por parte de la Corema V Región, una vez más repetiremos lo que dice el numeral 2.2. de la reciente modificación del artículo 2.1.21 de la Ordenanza General  de Urbanismo y Construcciones (OGUC) :

 

“Agrégase el siguiente inciso tercero, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto : Si del predio afecto a dos o más zonas o subzonas con distintos usos de suelo, al menos el 30% de su superficie permite los usos de suelo de actividades productivas y/o infraestructura, se admitirá en todo el terreno dicho uso de suelo, debiendo observarse lo señalado en el inciso precedente en lo relativo a los accesos a cada destino. Con todo, el instrumento de planificación territorial que corresponda podrá prohibir la aplicación de este inciso dentro de su territorio”.
 

Ahora bien, estando presente el alcalde titular (quien disfrutaba de sus merecidas vacaciones) en la sesión respectiva, el jueves 18 de febrero pasado el Concejo Municipal de Puchuncaví acordó por la unanimidad de sus miembros, concejales y alcaldesa subrogante, acogerse a la opción reglamentaria antes reproducida y subrayada para prohibir la construcción de la termoeléctrica Campiche. Recordemos que el cambio normativo en cursiva se originó vía Decreto Supremo del ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu)  publicado el 31 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial. Es decir, este servicio público le manifestó formalmente a esa municipalidad que en su territorio jurisdiccional era posible que no se aplicara la modificación del uso de suelo y es más, todas las municipalidades del país tienen la misma prerrogativa.
 
La paralizada planta de AES Gener Campiche, por fallo de la Corte Suprema de Justicia,  contemplaba una inversión total del orden de los 500 millones de dólares y de ejecutarse, si se hubiera enmarcado en la ley, incorporaría 270 MW al sistema interconectado central. Los directivos de la empresa termoeléctrica cometieron el error garrafal de iniciar su construcción a sabiendas que el uso de suelo del 67% del terreno en donde se emplaza no admite ese tipo de infraestructura y por ello hoy en día están pagando con malos ratos sus irresponsables comportamientos. A la fecha ya han invertido unos 200 millones de dólares.
 
Después que se conoció el soberano acuerdo del Concejo Municipal de Puchuncaví, han aparecido varios comentaristas, unos interesados y otros desubicados, que dicen que si la Corema de la V Región califica favorablemente el proyecto en cuestión, dado que con el cambio del artículo 2.1.21. de la OGUC , la totalidad del terreno de AES Gener admite las actividades de infraestructura, las obras pueden reiniciarse. Pero a esos opinólogos se le olvidó que en la especie no se está modificando el Plan Regulador Comunal, sino tan sólo aplicando la opción restrictiva establecida en el mismo artículo de la OGUC.
 
Cuando se conoció el aludido Decreto Supremo publicado en el Diario Oficial el último día del año pasado, se pensó que era un exclusivo “traje a la medida” de esa empresa generadora. Y por ello arreciaron las fuertes críticas en contra de la ministra Patricia Poblete y del ministro Pérez Yoma, porque no se leyó con detenimiento el texto completo del mismo. Así las cosas, suponemos que esto le sucedió a los concejales y alcalde de Puchuncaví y a muchos otros, incluyéndonos a nosotros mismos. Craso error cometimos todos y por ello el acuerdo vinculante del Concejo Municipal de Puchuncaví ha sido tan tardío. En rigor, debieron haber procedido de la manera que ya conocemos, tan pronto hubieran conocido en los primeros días de enero pasado tal Decreto Supremo. Pero nunca es tarde para acogerse a sus disposiciones reglamentarias y esto es lo que han hecho recientemente.
 
Pero curiosamente el lunes 22 recién pasado la Corema de la V Región aprobó el permiso ambiental de la cuestionada termoeléctrica, a pesar de que el mismo día se había publicado en el Diario Oficial el Decreto Alcaldicio de Puchuncaví que prohíbe el emplazamiento de esa industria riesgosa para la salud de sus habitantes. Es posible que ni el intendente regional ni ninguno de sus distinguidos miembros hayan leído el Diario Oficial y por ello aprobaron algo que ya está impedido de ejecutarse. En todo caso, sabemos que lo adoptado por esa díscola Corema porteña no produce ningún efecto, pero a pesar de ello nos gustaría conocer la posición del Minvu al respecto, ya que el célebre artículo 2.1.21. de la OGUC es de su propia y exclusiva autoría. No podemos perder de vista que las interpretaciones de la Ley y su Ordenanza le competen a ese ministerio, a través de su División de Desarrollo Urbano.          
 

Patricio Herman
Fundación “Defendamos la Ciudad ”