El Instituto Nacional de derechos Humanos (INDH) a través de Sede Metropolitana presentó una querella por el delito de tortura ante nuevo caso de contención mecánica a una persona con discapacidad intelectual. Se trata de la situación que afectó a J.A.C.M., joven de 23 años que ingresó al sistema de protección del Servicio Nacional de Menores en septiembre del año 1999, permaneciendo institucionalizado hasta la actualidad y bajo custodia de la Residencia Los Ceibos dependiente de Fundación Coanil.
Se trata de hechos graves en que la víctima quedó con quemaduras en la piel a propósito de las amarras con que fue sujetado en sus extremidades y en su tórax, con las que estuvo inmovilizado forzadamente a una cama por cerca de siete horas.
J.A.C.M. se encontraba compartiendo con las visitas cerca del mediodía y tuvo alteraciones de comportamiento que las cuidadoras de la residencia calificaron como “hacer problema” y “hacer berrinche”, lo que motivó la práctica de la contención mecánica, pese a las prohibiciones que existen al respecto.
En razón de aquello, la Sede Metropolitana de INDH presentó la acción judicial correspondiente, solicitando que durante el proceso penal se establezcan medidas de accesibilidad de acuerdo a las necesidades de la víctima, apoyos para el ejercicio de su capacidad jurídica, y ajustes de procedimientos que garanticen su igualdad ante la ley.
Concretamente, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ratificada por el Estado de Chile en 2008 y vigente en el ordenamiento jurídico nacional, establece el estándar de prohibición absoluta a las prácticas de inmovilización forzada que afectan a las personas con discapacidad, y que operan habitualmente como forma de disciplina y discriminación por su condición, como sucede en este caso.
En el mismo sentido se ha pronunciado el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Comité contra la Tortura, y el Relator contra la Tortura, instancias que han manifestado su preocupación por el uso frecuente de medios de inmovilización y medicación forzada a personas con discapacidad en establecimientos residenciales, instando a su prohibición explícita y a la debida diligencia en la investigación y sanción de las mismos.
Lo anterior, atendido que estas prácticas pueden llegar a ser constitutivas de tortura o de tratos crueles, inhumanos o degradantes, no son justificables desde un punto de vista terapéutico y por tanto, deben erradicarse en todos los lugares de privación de libertad, incluidas las instituciones de atención psiquiátrica y social.