El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó el lunes un escrito solicitando ser oído ante el Tribunal Constitucional, en las audiencias públicas de este miércoles, con el objetivo de poner a disposición ante esa instancia la opinión jurídica institucional en materia de derechos humanos.
El requerimiento de inconstitucionalidad de un grupo de diputados y senadores, busca que el Tribunal declare inconstitucional el artículo 3 bis del Proyecto de ley que “sustituye el decreto ley 321, de 1925, que establece la libertad condicional para los penados”, boletín 10.696-07, que establece requisitos diferenciados para las personas condenadas por delito de homicidio, homicidio calificado, secuestro, secuestro calificado, sustracción de menores, detención ilegal, inhumación o exhumación ilegal, tormentos o rigor innecesario, y asociación ilícita, que la sentencia, en conformidad con el derecho internacional, hubiere considerado como genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, cualquiera haya sido la denominación o clasificación que dichas conductas hubieren tenido al momento de su condena; o por alguno de los delitos tipificados en la ley Nº 20.357 que tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra.
En la resolución con fecha de 13 de diciembre, el Tribunal Constitucional señaló: “El Pleno del Tribunal estima que puede contribuir a la resolución en derecho del asunto ventilado en estos autos, el oír también en una audiencia pública a los interesados que deseen exponer sobre los estándares jurídico-normativos en materia de derechos humanos, derecho constitucional y derecho penal, relativos a los artículos 3 bis y 12 del proyecto de ley referido en el considerando 1°, en la forma, condiciones y oportunidad que se determinarán en la presente resolución".
Al respecto, el jefe de la Unidad Jurídica Judicial, Rodrigo Bustos, quien expondrá ante la alta magistratura este miércoles en compañía de la directora del Instituto, Consuelo Contreras, recordó que en agosto pasado, el INDH instó a todos los poderes del Estado y, en particular, a los órganos colegisladores a abordar y regular las libertades condicionales y las rebajas de condena conforme a los principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos vigente, diferenciando entre delitos comunes y las violaciones a los derechos humanos. En dicha oportunidad, señalamos que ello no solo se vincula con la obligación de brindar justicia y reparación a las víctimas sino también con el cumplimiento de la garantía de no repetición de estos graves delitos.
Bustos explicó que “lo que busca INDH con esta presentación, es poner a disposición del Tribunal Constitucional la opinión jurídica que consta en los Informes Anuales de los años 2011, 2012 y 2013; y en los diversos informes y minutas emanados del Consejo INDH”.