Noviembre 15, 2024

Cataluña: La Fiscalía no buscó en el caso de Forcadell la ‘abjuración’

Una comprobación de las notas de varios letrados presentes durante las declaraciones de los miembros de la Mesa de la Diputación Permanente – a la espera del audio de las mismas que proveerá el Tribunal Supremo en pocos días- arroja una conclusión preliminar: la Fiscalía no dio oportunidad en el interrogatorio a  Carme Forcadell para que se retractase,  o, por así decir, para que abjurase, de la vía unilateral para alcanzar la independencia y tampoco acerca de su aceptación del artículo 155 de la Constitución.

 

 

Este objetivo, en cambio, fue muy claro cuando pasó el turno de la declaración de Forcadell y los fiscales preguntaron a los otros cuatro miembros (Luis Corominas, Luis Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet) para los cuales la Fiscalía también acudía, como en el caso de Forcadell, con el plan de solicitar prisión incondicional.

El interrogatorio de Forcardell lo llevó a cabo la fiscal de sala Consuelo Madrigal, ex fiscal general del Estado, con la asistencia del fiscal Fidel Cadena. Fueron casi dos horas y media de preguntas y respuestas, la mayor parte de ellas repetitivas, según varios letrados consultados, al punto de que el magistrado instructor, Pablo Llarena, interrumpió a la fiscal en una ocasión.

-Señora fiscal eso ya se lo ha preguntado varias veces y se le ha respondido, no insista –apuntó Llarena, siempre en tono profesoral, según el relato de uno de los letrados.

La fiscal Madrigal, en tono respetuoso, pero insistente, hizo preguntas largas, con largo recorrido, y, a medida que se desarrollaba el interrogatorio, a su oído llegaban el susurro del fiscal Cadena sugiriendo alguna precisión; otras veces, este fiscal le pasaba apuntes en papel para que repreguntara.

En relación con la aplicación del artículo 155, Forcadell explicó que ella había implementado en el Parlament la citada norma constitucional, al adoptar la resolución de disolverlo.

La fiscal Madrigal preguntó sobre la votación de la DUI, es decir, sobre el hecho, no si Forcadell lo aprobaba en adelante o se retractaba.

Forcadell explicó, según esas notas tomadas por varios letrados, que el de la presidenta del Parlament, Andreu Van den Eynde, ha confirmado este domingo a  ARA, lo siguiente:

-La declaración de independencia no se tramitó, no fue sometida su votación a aprobación de la Mesa del Parlament. Esa iniciativa era una propuesta de los grupos parlamentarios. Era una declaración política.

Madrigal preguntó qué quería decir con “declaración política”.

-Que era simbólica. No fue publicada después de su aprobación.

El abogado Andreu Van den Eynde ha explicado a ARA que este concepto –una declaración de carácter simbólico sin contenido normativo- ya se había expuesto con anterioridad, antes de la declaración del 27 de octubre, en relación con algunas conclusiones de la Comisión de Estudios del Proceso Constituyente del Parlament, por las que Forcadell fue preguntada en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

A diferencia del letrado Javier Melero, que preguntó a sus clientes Luis Corominas, Luis Guinó y Ramona Barrufet sobre la DUI, es decir, la vía unilateral, el marco constitucional, y su actuación política futura,  para obtener su retractación, el letrado Van den Eynde no lo hizo con sus defendidos,  Forcadell y Anna Simó.

Durante la vistilla del 505 de la ley de Enjuiciamiento Criminal para pedir medidas personales (prisión) y reales (fianza de 6,2 millones por responsabilidades civiles), al pedir el fiscal Cadena prisión incondicional para Forcadell, Simó, Corominas y Guinó, y prisión eludible con fianza para Barrufet, el letrado Melero explicó que sus tres clientes habían declarado lo mismo, que no entendía la diferencia de tratamiento.

El magistrado Llarena, precisamente, invocó con ocasión de dar el turno de última palabra lo que había dicho el letrado Melero, para preguntar a los querellados si sostenían lo mismo que Barrufet.

Forcadell habló en primer lugar. Explicó que pensaba acudir a la justicia cuantas veces la llamaran, que no tenía intención de eludirla; que quería seguir en libertad precisamente para poder defenderse; que  el Parlament estaba disuelto por la aplicación del 155 y que ella misma había convocado la Mesa de la Diputación Permanente.

Los demás querellados fueron más explícitos, en la “línea Barrufet”, al responder lo que aparentemente quería oir el magistrado.

Según el letrado Van den Eynde y varios abogados presentes, Forcadell no habló en la vistilla explícitamente de la Constitución, el marco constitucional o la unilateralidad.

Si se lee con atención el auto del magistrado Llarena, que toma al vuelo la declaración de los cinco querellados sobre el artículo 155, como hecho definitivo, surgen algunas sospechas sobre el orden de los argumentos y lo que quizá un borrador preliminar podía contener.

Razona primero sobre lo que habrían afirmado, sin hacer referencia a la vistilla, los querellados.           

“En todo caso, todos los querellados, no es que hayan asumido la intervención derivada de la aplicación del artículo 155 de la CE, sino que han manifestado que, o bien renuncian a la actividad política futura o, los que desean seguir ejerciéndola, lo harán renunciando a cualquier actuación fuera del marco constitucional”, escribió Llarena.

“Todos los querellados”, pues, nos dice Llarena.

Pero a continuación señala : “En este sentido, no puede obviarse que el Ministerio Fiscal interesa para la señora Barrufet la libertad provisional con fianza, siendo como es que se dan en ella los mismos presupuestos de actuación subordinada y renuncia a la vía ajena al marco constitucional, que en los querellados  Luis Corominas,  Luis Guinó y  Anna Isabel Simó, para quienes se solicita la prisión incondicional sin razones añadidas”

Aquí el magistrado Llarena no nombra a Forcadell, cuando antes, el párrafo precedente, ha venido a decir que  ella, como los demás, renuncia a cualquier actuación fuera del marco constitucional.

Quizá la verdadera razón de fondo por la cual Llarena ha dictado prisión con fianza (con paso simbólico de una noche y una mañana de Forcadell en prisión) es esta que apunta oblicuamente en su resolución al conjurar el riesgo de destrucción de pruebas que planteaba los fiscales.

“En este sentido, y a diferencia de lo que pueda ocurrir con quienes aparecen involucrados en el proceso secesionista, pero son objeto de investigación en otros procedimientos, la querella se limita a atribuir a los aquí investigados, la creación de una base normativa (ilegal, pero de soporte)”

Es decir, los cinco han estado en el “frente” parlamentario de lo que el magistrado llama “proceso secesionista”.

“El interrogatorio ha desnudado el propósito de ilegalizar una ideología independentista no violenta”, explicó a ARA Van den Eynde, quien recomendó a Forcadell no asistir a la manifestación del sábado 11 por los riesgos de que se le atribuyera, en este marco ideológico, una reiteración delictiva. “Pero además por razones humanitarias, por la tensión acumulada”. 

 

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