Diciembre 26, 2024

ONU recomienda rechazar el requerimiento de inconstitucionalidad presentado en contra de la ley de aborto

La Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ANCUD) presentó este lunes 14 de agosto un informe sobre estándares internacionales de derechos humanos al Tribunal Constitucional de Chile en el marco, de un requerimiento de inconstitucionalidad del proyecto de ley que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales.

 

 

En el escrito, la Oficina Regional expone una serie de estándares internacionales aplicables a la regulación de la interrupción voluntaria del embarazo. Tales estándares emanan de tratados jurídicamente vinculantes ratificados por Chile, así como de otros instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos, tales como recomendaciones de órganos de tratados y de expertos de las Naciones Unidas en la materia.

 

En vista de dichos antecedentes, el informe de la Oficina Regional del ACNUDH recomienda al Tribunal Constitucional de Chile rechazar el requerimiento de inconstitucionalidad respecto del mencionado proyecto de ley.

 

Amerigo Incalcaterra, Representante del ACNUDH en América del Sur. Destacó en el informe que “ponemos a disposición del Tribunal Constitucional de Chile una amplia gama de estándares internacionales de derechos humanos, a fin de que sean considerados en el proceso jurídico-constitucional en curso y esperamos que este informe contribuya al proceso de armonización de la ley chilena en materia de aborto con las obligaciones internacionales de derechos humanos asumidas por el Estado”.

 

Al respecto, el Representante del ACNUDH destacó que varios expertos y órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas han exhortado a Chile a revisar y modificar la legislación que criminaliza la interrupción voluntaria del embarazo en toda circunstancia, así como a adoptar medidas para reforzar y proteger los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

 

Asimismo, se recordó que en junio de 2015, y de manera conjunta con la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud en Chile (OPS/OMS) y el Fondo de Población de las Naciones Unidas en Chile (UNFPA), la Oficina para América del Sur del ACNUDH presentó una comunicación a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de Chile con el fin de que la discusión parlamentaria sobre la interrupción voluntaria del embarazo se basara en los estándares internacionales de derechos humanos.

 

Por otra parte, diversos órganos de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas, han señalado que impedir el aborto a una mujer embarazada producto de una violación, o cuya vida o salud está en riesgo, vulnera los derechos a la vida, a la salud, a la privacidad, e incluso el derecho a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes.

 

El estándar mínimo establecido por estos órganos de tratados es que los Estados permitan la interrupción voluntaria del embarazo en, al menos, tres casos. En primer lugar, cuando el embarazo es consecuencia de violación o incesto; en segundo lugar cuando existe riesgo para la vida o salud de la mujer y por último en casos de malformaciones fetales severas.

 

Respecto al Estado de Chile, en la última revisión efectuada por el Comité de Derechos Humanos (2014) y ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (2012), le recomendaron al Estado chileno “revisar la legislación vigente sobre interrupción del embarazo con miras a despenalizarlo en casos de violación, incesto o riesgo para la salud o la vida de la madre”.

 

En efecto, en este sentido, el Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, Ban Ki Moon, en el marco del foro “Las Mujeres en el Poder y en la Toma de Decisiones: Construyendo un Mundo Diferente”, organizado por ONU Mujeres en Chile en febrero de 2015, señaló que “cuando se pone en peligro la vida de una mujer estando embarazada, cuando se pone en peligro por una violación, deberíamos primero tomar medidas para proteger la integridad de la mujer.

 

 En temas de salud de la mujer deberían poder ellas tomar la decisión y el Gobierno tiene la responsabilidad de respetar esto”.

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