La Corte Suprema confirmó el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso de protección presentado en contra de la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, por la defensa de dos internos del penal Punta Peuco, que pretendía que se declarara ilegal y arbitraria “la tardanza inexcusable en el pronunciamiento sobre las peticiones de indultos particulares”, presentadas en favor de René José Cardemil Figueroa y Marcelo Castro Mendoza, quienes cumplen condena en el recinto penitenciario.
En fallo unánime (causa rol 30.328-2017), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros María Eugenia Sandoval, Juan Eduardo Fuentes, Carlos Aránguiz y los abogados (i) Leonor Etcheberry y Arturo Prado– descartó actuar arbitrario de la jefa de Estado, por la demora en responder las solicitudes.
“Que en la especie, en lo que constituye el reproche del recurso de protección no se aprecia ilegalidad en el actuar de la recurrida, toda vez que se constata que ésta se ha ceñido en su actuar a la normativa vigente como tampoco arbitrariedad, toda vez que conforme se aprecia de la carta de respuesta emitida el 17 de marzo del presente año por el Ministro de Justicia, en ésta se exponen las razones fundadas de la demora en otorgar la respuesta requerida, dando cuenta asimismo de las medidas adoptadas a efectos de darle la tramitación correspondiente a las solicitudes respectivas”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “conforme a lo anteriormente expuesto, el presente recurso de protección no está en condiciones de prosperar debiendo ser rechazado”.