Diciembre 2, 2024

Organizaciones temen que sobre Cheyre se despliegue un manto de impunidad

El martes 7 de junio el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior solicitó el procesamiento de Cheyre, como encubridor de quince homicidios y secuestros calificados de prisioneros políticos en el Regimiento Arica de la Serena, en septiembre de 1973. En ese momento Cheyre era teniente, y era ayudante del entonces coronel Ariosto Lapostol, jefe de la unidad militar, para quien el Programa de DDHH solicitó su procesamiento en calidad de autor de los mismos delitos.

 

 

Los crímenes se produjeron durante el paso por la Serena de la Caravana de la Muerte, a cargo del ya fallecido general Sergio Arellano Stark, quien recorrió el país y ejecutó a unos cien prisioneros, con autorización directa de Augusto Pinochet. Cheyre, además, ejercía como jefe interino del Departamento II del regimiento Arica de La Serena, es decir del servicio de inteligencia de la unidad, razón por la que también participó en los consejos de guerra.

 

Según ha trascendido, la solicitud de procesamiento de Cheyre habría sido la causa del traslado de Sebastián Cabezas al Ministerio de Justicia y el despido de Rodrigo Lledó, director y jefe jurídico, respectivamente, del programa. El conflicto se produjo unas dos semanas antes de la salida de Jorge Burgos del pasado 8 de junio del cargo de ministro de Interior, quien se había mostrado como un férreo defensor de Cheyre.

Esta decisión se produce poco después de que Jorge Bofill, abogado defensor de Cheyre, afirmara que los testimonios de los sobrevivientes de la Caravana de la Muerte son falsos y que la decisión de los abogados del Programa de DDHH era una “conducta particularmente reprochable” acusándolos de no actuar “de conformidad al principio de probidad”.

En este escenario, la nueva autoridad designada a la cabeza del Programa, Catalina Lagos, ha sembrado nueva incertidumbre al abstenerse de dar una versión de los hechos a la prensa, explicitando de paso su posición en torno al conflicto.

Estos hechos se suman al reciente otorgamiento de la libertad condicional a dos ex militares que cumplían condena en Punta Peuco, en medio de una verdadera campaña en pro del otorgamiento de beneficios a los violadores de derechos humanos. Se trata del coronel (R) Hernán Reinaldo Ovalle Hidalgo, responsable de tres asesinatos cometidos el 12 de septiembre de 1973 en la intervención de la empresa textil Sumar del Cordón Vicuña Mackenna. El otro beneficiado es José Florentino Fuentes Castro, sargento segundo de Carabineros, condenado a presidio perpetuo como autor de los secuestros y homicidios de tres militantes comunistas que luego aparecieron degollados, el 30 de marzo de 1985, y del secuestro de otras cinco personas.

Estas decisiones son aún más graves al considerar el escenario en el que se producen. Un poderoso sistema de encubrimiento e impunidad se ha mantenido inalterado en el estado y en la sociedad. La política de “reconciliación”, consensuada con los representantes de los victimarios, ha sido uno de sus instrumentos más visibles. Hoy, la mayoría de las investigaciones judiciales han terminado o están próximas a terminar sin que se haya establecido información nueva y relevante sobre el paradero de las víctimas ni sobre las circunstancias de los asesinatos, salvo en unos pocos casos. En los casos de detenidos desaparecidos solo se han encontrado e identificado los restos de 148 personas, de un total de 1.192. Y, aunque los agentes del estado procesados por estos y otros crímenes suman 1.373, apenas 117 de ellos cumplen condenas, en general bajas, en cárceles especiales y con acceso a beneficios como los otorgados en este caso. Ninguno de ellos ha colaborado con la justicia.

En este escenario, desde Londres 38 espacio de memorias exigimos del Ministerio del interior, y en particular del Programa de DDHH un compromiso público con la persecución judicial de los crímenes, el respaldo explícito a la solicitud de procesamiento de Juan Emilio Cheyre y a los profesionales a cargo de su tramitación, así como la adopción de medidas que impidan a futuro la excarcelación de los responsables de crímenes de lesa humanidad

 

 

Fuente: Londres 38

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