Diciembre 26, 2024

Presentan reforma constitucional que permite la renuncia voluntaria de parlamentarios

Con la idea de restituir una facultad presente en nuestra historia democrática y que se replica en varios países del orbe, un grupo de diputados de la Nueva Mayoría, encabezados por el diputado Rodrigo González (PPD), presentó una reforma constitucional  que permite la renuncia voluntaria al cargo de diputado y senador. Esta facultad la negó la constitución de 1980.
 

 

La propuesta indica específicamente que los senadores y diputados podrán renunciar voluntariamente a sus cargos, debiendo ser aprobada por mayoría simple de los parlamentarios presentes de la cámara respectiva. Además, determina que el reemplazante deberá ser elegido mediante sufragio popular.

 

El proyecto, destinado a la Comisión de Constitución para su análisis, fue ingresado el 5 de agosto por el diputado González junto a sus compañeros de partido Pepe Auth, Tucapel Jiménez y Marco Antonio Núñez y a los diputados DC Aldo Cornejo, Iván Flores y Víctor Torres; PC Hugo Gutiérrez; y PS Leonardo Soto.

Los legisladores recordaron que la facultad de renuncia voluntaria fue una prerrogativa aceptada en nuestro sistema democrático por más de 150 años, que solo se vino a modificar con la Constitución de 1980 al eliminarse por omisión de un articulado que abordar el tema. “Tal posibilidad recién fue restablecida como parte del paquete de reformas constitucionales aprobadas en el año 2005, pero de manera restringida”, acotaron.

Finalmente, entre otros planteamientos, consideraron que nuestra Constitución Política debiera adoptar una fórmula similar a la adoptada por las naciones que permiten la renuncia voluntaria, pero sujeta a la aprobación de la Cámara respectiva y no del Tribunal Constitucional. “El hecho que la renuncia voluntaria sea aprobada por la Cámara y no por el Tribunal Constitucional se estima como una solución más acorde con la tradición democrática de nuestro país. En este sentido, se propone para la aprobación de dicha renuncia que sea necesaria la mayoría simple de los parlamentarios presentes de la cámara respectiva”, especificaron.

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