Diciembre 2, 2024

A tres años del asesinato de Manuel Gutiérrez instan a una reforma del sistema de justicia militar

Al cumplirse un nuevo aniversario de la muerte de Manuel Gutiérrez, quien murió a los 16 años a consecuencia de un disparo por parte de un carabinero en el contexto de una manifestación social en 2011, Amnistía Internacional reiteró su llamado a las autoridades a una pronta reforma al sistema de justicia militar para asegurar que violaciones de derechos humamos sean vistas en tribunales ordinarios.

 

En el caso de Manuel Gutiérrez, el ex sargento Miguel Millacura Cárcamo, respondió a los disturbios durante la manifestación haciendo uso de un arma de fuego incumpliendo principios internacionales sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir con la ley. Dicho uso provocó la muerte de Manuel Gutiérrez y lesiones en otro joven.

 

El 6 de mayo de este año un tribunal militar dictó una sentencia de 3 años y 61 días para el agente involucrado, exhonerándole de la privación de libertad. La familia de Manuel apeló la decisión ante la Corte Marcial, pues consideran que la sanción no guarda proporción con la entidad del crimen.

 

Desde Amnistía Internacional hemos dicho en reiteradas ocasiones que la jurisdicción penal de los tribunales militares, ya sea en Chile o en cualquier otro Estado, debe limitarse a las investigaciones y procesos de los miembros de las fuerzas armadas por infracciones exclusivamente  a la disciplina militar, y no debe extenderse a delitos comunes o a crímenes de derecho internacional. En tales casos la jurisdicción debe siempre corresponder a los tribunales civiles ordinarios. Lo anterior se explica en razón de la falta de independencia e imparcialidad de las cortes militares.”, menciona Roberto Morales, presidente de Amnistía Internacional- Chile.

 

Es de señalar que en el año 2005, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (caso Palamara Iribarne v. Chile) ordenó a Chile limitar el alcance de la jurisdicción militar al juzgamiento de militares por la comisión de delitos o faltas que, por su naturaleza, atentan contra bienes jurídicos propios del orden militar. La Corte aseveró que se debía asegurar un procedimiento judicial con las garantías propias de un juicio justo y el derecho de defensa, entre otros. El Comité de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura, ambos de Naciones Unidas, se han manifestado en el mismo sentido.

 

Asimismo, desde Amnistía Internacional vemos como un avance importante que en recientes fallos, tanto del Tribunal Constitucional como de la Corte Suprema, se hayan pronunciado a favor de que casos que involucran a funcionarios de carabineros como autores de crímenes y a civiles como víctimas, debieran ser conocidos por la justicia civil ordinaria. Esa jurisprudencia es un gran paso en la limitación de la competencia de los tribunales militares; sin embargo, es crucial que estos avances se transformen prontamente en una reforma legal”, agrega Roberto Morales.

 

Amnistía Internacional acoge con beneplácito los recientes anuncios del gobierno de su intención de reformar la justicia militar, e insta a una pronta implementación de la misma en concordancia con las obligaciones de derecho internacional, para que las violaciones a derechos humanos sean juzgadas por tribunales civiles ordinarios.

 

 

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