Noviembre 23, 2024

De canalladas, hipocresías y abyecciones

Estimado lector, antes de dar inicio a la nota referente al título, deseo hacer dos aclaraciones: primero, el día de hoy quería enviar a Clarín el cuarto artículo de la saga titulada “La Fech y el cuco del anarquismo”; sin embargo, las declaraciones de personeros políticos de la Nueva Mayoría, me llevaron a preparar sendas respuestas, pues el silencio sólo significaría avalarlas. Segundo, lo alerto ante la extensión de esta nota.

La canallada

Vamos al grano. Empezaré por las declaraciones del senador Jaime Quintana quien al hacer una defensa corporativa de la militante del PPD, Carolina Echeverría, nombrada para ocupar el cargo de subsecretaria de Defensa, y ante las acusaciones que involucran a su padre, el coronel ® del ejército, Víctor Echeverría Henríquez, en violaciones de los derechos humanos, sin un mínimo de dignidad, habla de “presuntas víctimas” y “presuntos crímenes”; dice además, que el surgimiento de los cuestionamientos a Carolina Echeverría se deberían a “un deporte veraniego”.

 

Al leer estos comentarios, inmediatamente pensé que el senador Quintana sufría del Síndrome de Estocolmo. Pero al leer su biografía me percato que al momento del golpe de Estado tenía sólo 6 años de edad. Entonces, al término de la dictadura cívico-militar apenas tenía 22 años. De esto se colige, si no se demuestra lo contrario, que don Jaime Quintana, no sufrió ni prisión, ni tortura, ni exilio. Si esto es así, y se presenta ante el electorado como un militante de centro-izquierda (aunque el Partido Por la Democracia del cual es su presidente, diste mucho de esa categoría), de todas maneras debiera tener un poco de respeto por las personas que fueron encarceladas, torturadas y asesinadas (lo que él califica como presuntos crímenes). Y ahora me dirijo a usted senador Quintana para manifestarle lo siguiente: sus declaraciones son propias de la ultraderecha de nuestro país y las hemos venido escuchando desde el primer momento del término de la dictadura cívico-militar. En el caso de la derecha, forman parte de su ADN reaccionario y fascistoide, pero al provenir de un senador y presidente de un partido de la Nueva Mayoría, se convierten en una vulgar canallada. Por lo demás, podría ser más original y no repetir las mismas monsergas de la ultraderecha.

 

La hipocresía

Ahora bien, y siguiendo con el mismo tema, otro parlamentario, el diputado Jorge Burgos, a pocas semanas de asumir como titular del Ministerio de Defensa, también brinda su decidido apoyo a Carolina Echeverría y manifiesta que han estado en permanente contacto y sabe de su compromiso con los derechos humanos. Hasta aquí, en mi modesta opinión, sólo cabe estar de acuerdo con el futuro ministro. Sin embargo, donde sí el honorable diputado comete un muy desafortunado “error”, es cuando declara que “en un Estado de Derecho quienes determinan las responsabilidades penales son los tribunales, no los denunciantes ni tampoco son responsables los hijos, eso es ajurídico”. Totalmente de acuerdo con que los hijos no son responsables de los delitos cometidos por sus padres. Pero, señor diputado, y ahora me dirijo a usted, ¿de qué tribunales está usted hablando, de los mismos que absolvieron al general Augusto José Ramón Pinochet Ugarte, alias Daniel López?. Tal vez, esos tribunales consideraron que las denuncias no eran lo suficientemente graves para ser tomadas en cuenta y los denunciantes (la mayoría de los chilenos) no aportaron las suficientes pruebas para que los tribunales pudiesen condenarlo.

 

La abyección

Además, usted como parlamentario debe estar en conocimiento de que existe un texto legal llamado Ley Valech que tiene el número 19.992 en cuyo Título IV, Del Secreto, en su artículo 15 dice lo siguiente:

      TITULO IV Del secreto

 

Artículo 15.- Son secretos los documentos,
testimonios y antecedentes aportados por las víctimas
ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y
Tortura, creada por decreto supremo Nº 1.040, de 2003,
del Ministerio del Interior, en el desarrollo de su
cometido. En todo caso, este secreto no se extiende al
informe elaborado por la Comisión sobre la base de
dichos antecedentes.
     El secreto establecido en el inciso anterior se
mantendrá durante el plazo de 50 años, período en que
los antecedentes sobre los que recae quedarán bajo la
custodia del Ministerio del Interior.
     Mientras rija el secreto previsto en este artículo,
ninguna persona, grupo de personas, autoridad o
magistratura tendrá acceso a lo señalado en el inciso
primero de este artículo, sin perjuicio del derecho
personal que asiste a los titulares de los documentos,
informes, declaraciones y testimonios incluidos en
ellos, para darlos a conocer o proporcionarlos a
terceros por voluntad propia.
     Los integrantes de la Comisión Nacional sobre
Prisión Política y Tortura, así como las demás personas
que participaron a cualquier título en el desarrollo de
las labores que se les encomendaron, estarán obligados a
mantener reserva respecto de los antecedentes y datos
que conforme al inciso primero de este artículo tienen
carácter secreto, durante todo el plazo establecido para
aquel. Estas personas se entenderán comprendidas en el
Nº 2 del artículo 201 del Código de Procedimiento Penal
o del artículo 303 del Código Procesal Penal, según
corresponda.
     La comunicación, divulgación o revelación de los
antecedentes y datos amparados por el secreto
establecido en el inciso primero, será sancionada con
las penas señaladas en el artículo 247 del Código Penal.

Entonces, honorable diputado, nos puede explicar a los ciudadanos de este país, si tuvieron algún sentido las más de 38.000 respectivas denuncias que efectuaron las víctimas a través de sus testimonios ante los funcionarios de la comisión Valech, mismas que fueron sancionadas (acreditadas) por dicha comisión.

 

Estoy en condiciones de asegurarle, honorable diputado, porque lo he conversado en innumerables ocasiones con varios compañeros, que de haber sabido que se iba a decretar el secreto para asegurar la impunidad de los torturadores, ninguno de los compañeros y compañeras que me ha tocado entrevistar y, por lo que me explicaron, ninguno de los que concurrieron, habrían entregado su testimonio. Y ese artículo, señor Burgos, no es más que una traición a la confianza de las víctimas que lo único que deseaban, era que se hiciera justicia. Pero claro, el ex presidente Ricardo Lagos, prefirió subsanar la negación de justicia, al mejor estilo neoliberal: con una reparación económica, aunque fuera austera y simbólica. El problema, es que las torturas no fueron ni austeras ni simbólicas; por lo demás, la famosa compensación económica es harto rasca. ¿Sabe a cuánto asciende el monto que recibe un “compensado” por la ley Valech? Yo se lo informo: $156.038.- mensuales; es decir, ni siquiera el sueldo mínimo. La decisión en el sentido de no entregar el monto total en un solo acto (que habría sido de mucha utilidad para las víctimas de avanzada edad cuya mayoría se encontraba cesante), radicaba, justamente, en la idea cierta que más temprano que tarde, irían falleciendo, con el consiguiente ahorro para el fisco, puesto que esa compensación no es hereditaria . Y esta es otra felonía establecida en la ley Valech.

 

Una pregunta señor diputado: ¿usted leyó la ley antes de concurrir con su voto para aprobarla?, ¿estuvo de acuerdo con el mentado artículo 15 que establece la impunidad absoluta de los torturadores. Si es así, entonces lo menos que puede hacer es quedarse callado y no tratar de confundir a la ciudadanía con “tinterilladas hipócritas”. Esto, sin contar que de todas formas usted es cómplice, al igual que todos los parlamentarios que estuvieron de acuerdo en aprobar la ley Valech con el artículo 15 incluido, del acto de mayor abyección que haya cometido un presidente de la República durante el período republicano. El ex presidente Lagos tendrá que cargar con el estigma de haber asegurado la impunidad absoluta a los mayores violadores de los derechos humanos de nuestra historia. Esta felonía, no tiene parangón, ni siquiera con la Ley de Defensa de la Democracia o Ley Maldita, del presidente Gabriel González Videla, porque en esta ocasión, no sólo se traicionó la confianza de las víctimas, sino que además, se les volvió a dar una estocada en su dignidad.

 

Desde esta tribuna, hago un llamado a las víctimas que concurrieron con su testimonio ante la Comisión Valech, que hagan público cada uno de estos testimonios tal cual fueron expuestos ante los funcionarios de dicha comisión, pues estoy seguro que será el único camino que nos acerque a la verdad y a la justicia plena, y no “en la medida de lo posible”. Si no fuera así, por lo menos, como dijo el Presidente Allende, que tengan una sanción moral de la mayoría del pueblo chileno.

 

Estado de derecho

En su declaración el diputado Jorge Burgos parte de la base que el Estado de Chile es un Estado de derecho. Yo he demostrado en varios artículos, que un Estado que se rige por una Constitución impuesta por y en una dictadura -por lo tanto ilegal e ilegítima- no puede llamarse Estado de derecho. Pero como este no es el tema de esta nota, le voy a conceder al honorable diputado Burgos, el beneficio de la duda. Partiendo de esta premisa, nuevamente me dirijo directamente a usted honorable diputado. Usted está próximo a asumir la titularidad del Ministerio de Defensa; le propongo un acuerdo: ya que usted está tan interesado en que la ciudadanía se convenza que Chile es un Estado de Derecho, apenas asuma como ministro, envíe un Decreto en que se establezca que las fuerzas armadas de nuestro país, deberán iniciar un proceso de devolución de todos los bienes inmuebles de los que se apropiaron ilegal e ilegítimamente, a sus legítimos dueños, ya sea al fisco, ya sea a los particulares, como corresponda en cada caso.

 

Para aliviarle la pega don Jorge, le propongo un borrador de Decreto:

Vistos:

  1. Que con fecha 11 de marzo de 1990 el país ha iniciado su administración política basada en el Estado de Derecho, y que esta situación ha sido muy bien recibida por la ciudadanía, toda vez que era su principal anhelo.

  2. Que la ciudadanía ha hecho suyo el Estado de Derecho, por lo que ha colaborado en todo momento a mantener una actitud cívica que ha permitido que nuestro país haya vivido totalmente en paz.

  3. Que esta ciudadanía, si bien ha mantenido una actitud cívica ejemplar, se ha venido empoderando y ha empezado a exigir que se cumplan algunas premisas que identifican a un Estado de Derecho y,

 

Considerando:

  1. Que una de las demandas más sentidas de la ciudadanía es que los bienes inmuebles que fueron apropiados ilegalmente por las Fuerzas Armadas del país, les sean devueltos a sus legítimos dueños, ya sea el Fisco, ya sea un particular, como corresponda en cada caso.

  2. Que la ciudadanía vería con muy buenos ojos este acto de justicia, y que, sin lugar a dudas, coadyuvaría a que dicha ciudadanía empezara a mirar con un poco más de confianza a nuestras hidalgas Fuerzas Armadas.

  3. Que con este acto de justicia, nuestras hidalgas Fuerzas Armadas carguen sólo con el estigma de haber conculcado los derechos humanos y no, además, de apropiación indebida de bienes ajenos.

 

Resuelvo:

  1. Artículo Primero. A partir de la publicación de este Decreto, las Fuerzas Armadas de Chile, iniciarán el proceso de devolución de los Bienes Inmuebles que fueron apropiados ilegalmente durante el período de Estado de Excepción que vivió nuestro país entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990.

  2. Artículo Segundo. La devolución de dichos inmuebles no se podrá prolongar más allá de un período de 3 (tres) años, con 6 (seis) meses de gracia, sólo en determinados casos y si las circunstancias así lo ameritan.

  3. Artículo Tercero. El Ministerio de Bienes Nacionales instruirá a los Seremis de cada región para que otorguen, a los funcionarios designados por las autoridades de las Fuerzas Armadas, las máximas facilidades para el éxito de las tareas encomendadas.

  4. Artículo Cuarto: Los funcionarios del Ministerio de Bienes Nacionales que tengan a su cargo recibir los inmuebles de parte de las Fuerzas Armadas, al momento de la recepción, deberán levantar un acta en que conste el estado en que se encuentra el inmueble recibido.

  5. Artículo Quinto: Para homologar la recepción de los inmuebles en todo el país, el Ministerio de Bienes Nacionales redactará un Reglamento en el que conste el Protocolo que deberán seguir los funcionarios receptores.

 

Anótese, tómese razón y publíquese. Michelle Bachelet Jeria, Presidenta de la República; Jorge Burgos, Ministro de la Defensa; Víctor Osorio, Ministro de Bienes Nacionales. Se eximen los Ministros del Área Económica debido a que el fisco no tendrá que sufragar gasto alguno. A 11 de marzo de 2014.

 

Insisto que éste es sólo un borrador. No me cabe la menor duda que los asesores jurídicos de su Ministerio, podrán darle la redacción legal correspondiente a un Decreto de una Secretaría de Estado.

 

Ya para despedirme, honorable diputado y próximo ministro, quiero decirle que si usted logra publicar un Decreto en este sentido, pasará a la historia como el ministro de Defensa más digno de la era post dictadura. Y capaz que hasta yo crea que nos encaminamos de veras, hacia el establecimiento de un Estado de Derecho.   

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