Diciembre 13, 2024

Argentina: punto final a “…lo que la señora ordene”

Y si usted lo quiere, se hará regalar alguna preciosa ‘chinita’ de 14 abriles, tímida como una corzuela, de quien tendrá los huesos menudos y dócil como los gatos de San Juan” (de una carta del autor de Don Segundo Sombra, Ricardo Güiraldes, a su amigo francés Valery Larbaud. San Antonio de Areco, provincia de Buenos Aires, 22 de octubre de 1921).

 

Según un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT, 2012), el trabajo doméstico remunerado en América Latina y el Caribe incluye a más de 19 millones de mujeres. De cada 100 trabajadoras, 14 son empleadas en casas de familia, sin contabilizar a las que no se encuentran registradas, migrantes indocumentadas o menores de edad.

 

Las mujeres –agrega el informe– representan 7.5 por ciento del total de mano de obra en la zona, cuando la media mundial es de 1.7 por ciento. La mayoría carece de educación y proviene de hogares pobres indígenas o de afrodescendientes, y sin redes colectivas en las que apoyarse para buscar empleo.

 

En Argentina, el servicio doméstico emplea poco más de 800 mil personas en todo el país (10 por ciento de los trabajadores asalariados), y ha sido uno de los menos atendidos y visibilizados. En su gran mayoría (90 por ciento), mujeres de 14 a 49 años que desarrollan distintas labores: mucamas, cocineras, niñeras, amas de llaves, mayordomía, institutrices puertas adentro o puertas afuera, etcétera, que venían desenvolviendo su actividad con mecanismos seudolegales y confusos que en términos de derechos rozaban la esclavitud.

 

El 8 de marzo de 2010, en conmemoración del Día de la Mujer, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió al Congreso un proyecto de ley similar (aunque naturalmente actualizado), al que Eva Perón impulsó en 1952 y el golpe democrático de 1955 botó al cesto de la basura: equiparar los derechos de los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico.

 

Dos años después, en un acto en la Casa Rosada, Cristina anunció la promulgación del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

 

Nos lo debíamos todos los argentinos, dijo la presidenta. Por su lado, el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, fustigó a un régimen de rebaja de derechos, que durante 60 años trató como personas de segunda a los trabajadores del sector.

 

La norma fue aprobada por unanimidad y sin debate final. Con todo, es interesante consignar las opiniones de la senadora progresista María Eugenia Estensoro (titular de la Comisión de Trabajo), quien observó los aspectos conflictivos y los costos que tendrían para el sector empleador tanto la licencia por enfermedad cuanto la indemnización por despido. La trabajadora debe estar más protegida, pero se debe proteger también la integridad patrimonial de los hogares dadores…dijo.

 

Pero la nueva ley rechazó justamente, la noción de dador de trabajo. En modo alguno. Quien contrata es el empleador, y no dador de trabajo. Y la relación laboral rige desde el mismo momento que la persona entra a trabajar. Si antes la obligación del aporte regía a partir de que la empleada trabajara más de seis horas semanales, ahora basta que trabaje una hora por semana.

 

En los nuevos formularios para pagar el personal doméstico, hay que consignar la antigüedad y la categoría que corresponda. Por otro lado, la iniciativa prohíbe el trabajo a menores de 16 años, incluyendo a niñeras o a quienes cuiden adultos o discapacitados sin conocimientos profesionales.

 

Las nuevas condiciones laborales para las empleadas de casas particulares cuentan ahora con los derechos de cualquier trabajador argentino:

 

Descanso dominical y semanal de 35 horas.

Licencia por maternidad y exámenes.

Vacaciones pagadas.

Aguinaldo.

Indemnización por despido (dos meses de sueldo por cada año de ­antigüedad).

Límite de la jornada a ocho horas diarias.

Pago de horas extras.

Recargo de 100 por ciento sobre el salario habitual los días sábados.

Seguro obligatorio de riesgos de trabajo.

 

Sin embargo, y a pesar del descuento en el impuesto a las ganancias a modo de estímulo… ¿cómo lograr que la ley se cumpla en un trabajo que sucede a puertas cerradas (invisible), dentro de los hogares, y donde las obligaciones del trabajador suelen ser difusas una vez que se lo contrata para desarrollar una multiplicidad de tareas?

 

Como fuere, las trabajadoras domésticas argentinas cuentan ahora con un marco legal para defender sus derechos frente a clases medias y altas que se resisten a reconocerlas como lo que son, trabajadoras, así como su propia responsabilidad como empleadores.

 

Por su lado, la Administración Federal de Ingresos Públicos deducirá quién tiene servicio doméstico según los ingresos. A los que perciben 500 mil anuales (95 mil dólares) les cobrará aportes y contribuciones a la seguridad social si no registran a sus empleadas domésticas, determinando de oficio deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social.

 

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