Diciembre 14, 2024

Cómo favorece a un ciudadano el cambio de la constitución

asamblea2

 asamblea2

A partir de las luchas del movimiento estudiantil y de grupos políticos que no forman parte del duopolio concertación-derecha se ha instalado en el debate la necesidad de cambiar la Constitución mediante una Asamblea constituyente. El ciudadano medio – víctima de medios de comunicación farandulizados –  no siempre entiende bien de que se trata esto ni en que le podría favorecer.

 

 

Una Constitución es la ley suprema de un país al cual todas las otras leyes se subordinan. En lo esencial resuelve tres grandes temas:

 

1.- Cuáles son los principios políticos que inspiran esta ley suprema y que obviamente determinan el tipo de sociedad en que se vive.

 

2.- Cuáles son los derechos que el estado le reconoce a los ciudadanos y se obliga a garantizar y respetar.

 

3.- Cómo se organiza el estado; es decir cuantos poderes públicos existen, cómo se constituyen y cuáles son sus competencias.

 

Las constituciones democráticas lo son en su formulación, una asamblea constituyente y en los contenidos que establecen. La actual constitución fue impuesta por la dictadura militar a partir de un proyecto elaborado por personas elegidas a dedo por el dictador y plebiscitada en un evento a todas luces fraudulento en que no existían ni siquiera registros electorales y con una oposición al proyecto sometida a brutal represión.

 

Los principios ordenadores de la constitución actual tampoco son democráticos, ellos son:

 

1.- A partir del reconocimiento del carácter históricamente minoritario de la derecha  se estableció que la minoría se impone a las mayorías en todos los temas relevantes, mediante el veto. La mayoría no se basta a si misma para ganar sino que debe alcanzar dimensiones imposibles. Sumado a lo anterior el sistema binominal, donde tres votos valen lo mismo que dos, la derecha se ha asegurado tener la llave “legal” de cualquier cambio relevante.

 

2.- El estado de Chile es subsidiario lo que implica que sólo interviene en el proceso económico cuando los ciudadanos no puedan no quieran o no deban. De esta manera el artículo 19 de la Constitución establece un largo listado de derechos que en lo fundamental son simplemente el derecho a elegir: salud, educación trabajo y en nuestra sociedad como se sabe tan bien sólo se puede elegir teniendo dinero. No hay entonces derechos garantizados.

 

La constitución fue concebida para defender los abusos del gran empresariado.

 

El estado sólo ayuda a las grandes empresas como en el rescate de los bancos  y en las gigantescas sumas de dinero que les inyectan cada vez que lo necesitan

 

El poder público en Chile se organiza a partir de los poderes ejecutivo, judicial, legislativo, Ministerio Público, Banco Central, Tribunal Constitucional.

 

El origen democrático de estos poderes existe sólo en la elección presidencial, en el parlamento se impone el binominal  y el uso del dinero sin control real alguno. Los demás poderes se instituyen desde la clase política que forman ejecutivo y parlamento y lo que es peor no tienen control democrático alguno. Un ejemplo, un solo ministro de la Corte Suprema ha sido defenestrado en 20 años, ¿así de bien funciona el poder judicial? Los fiscales están absolutamente desprovistos de control ciudadano o judicial, se auto regulan ellos mismos. La opinión pública tiene una pésima opinión de la persecución penal en Chile, donde el estado gasta cifras millonarias en defender los delincuentes y se olvida de las victimas, lo cual sea transformado también en un negocio lucrativo para los políticos profesionales (Gutemberg Martínez) .

 

3.- Toda la actividad económica le está expresamente prohibida al Estado y se creó un potente recurso especial, el amparo económico, para evitar su actividad. Esta ley impuesta el último día de la dictadura protege a las empresas de manera más efectiva que el derecho a la vida de los ciudadanos.

 

Chile es el único país del mundo que tiene garantizado a nivel constitucional el neoliberalismo como política económica.

 

Ningún municipio ha podido establecer medidas paliativas al Transantiago porque le esta constitucionalmente prohibido.

 

Esta constitución hace posible que los parlamentarios se fijen por sí y ante sí sueldos millonarios; el presidente del Senado gana más que el Rey Juan Carlos de España,  que jueces y fiscales actúen con total desprecio por los ciudadanos, que las grandes empresas abusen mes a mes con sus consumidores cautivos, que la educación y la salud no sean derechos sino oportunidades de negocios para las grandes empresas, que los bancos cobren en Chile los intereses más altos del mundo, que el negocio más rentable sean las AFP y que quienes los hacen millonarios estén condenados a recibir pensiones miserables, que un señor condenado por fraude al Fisco y que le debe 290 millones al municipio de Coquimbo haya sido elegido vicepresidente de la Cámara de Diputados, que las enormes riquezas mineras de Chile se las lleven de gratis empresas extranjeras, que el 54 % de los chilenos gane menos de 300 mil pesos mensuales.

 

Los políticos profesionales como el senador Escalona  y los representantes del gran empresariado como Pablo Longueira  coinciden en no querer cambios constitucionales. El último dice abiertamente que no, el otro le da largas al asunto y quiere una comisión bicameral que según el  demorara años en elaborar un  nuevo proyecto. A la hora de disfrutar y defender el modelo  el duopolio concertación y derecha es uno solo.

 

ROBERTO AVILA TOLEDO

ABOGADO

 

 

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *