A escasas horas de la exhumación de los restos del Premio Nobel de Literatura Pablo Neruda, el ministro en visita Mario Carroza vetó al equipo de peritos propuestos por la familia de Pablo Neruda representada por su sobrino el abogado Rodolfo Reyes y por el Partido Comunista, representado por el abogado Eduardo Contreras.
El equipo propuesto por Rodolfo Reyes está compuesto por el doctor Luis Ravanal, master en medicina forense, perito tanatólogo acreditado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, quien asistiría a la exhumación y autopsia. Y por sus colegas, el Dr John Clark, jefe del departamento de Medicina Forense, de la Universidad de Glasgow y perito de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, y la doctora Gail Cooper, toxicóloga forense de la misma universidad. Estos últimos ayudarían en el análisis desde sus laboratorios en Glasgow.
Los peritos propuestos por Contreras son el genetista de la Universidad de California, Cristián Orrego; y el neurólogo y psiquiatra Luis Fornazzari.
El ministro Carroza no ha fundamentado en derecho esta determinación. Es preciso señalar que el inciso 2° del art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP) define que “puede cada parte nombrar a su costa, un perito que se asocie al designado por el juez, salvo que, en concepto del tribunal, la intervención de estos peritos pudieran perjudicar el éxito de las investigaciones”. La recusación al perito debe hacerse formalmente por las causales del art. 232 del CPP.
Desde el punto de vista científico, en el caso de Neruda, no existe ningún motivo que impida o justifique la exclusión de profesionales expertos presentados por las partes, distintos a los propuestos por el ente oficial (Servicio Médico Legal), por cuanto cuentan con la experticia, calificación y competencia técnica suficientes para intervenir en este tipo de autopsias.
Como expresó el Dr. Ravanal en carta a los abogados querellantes: “No se trata de poner en duda la competencia y experticia de los profesionales institucionales y/o designados por el Servicio Médico Legal (SML), tanto nacionales como extranjeros, más cuando entre ellos se encuentran profesionales de reconocido prestigio internacional, como es el caso del Dr. Aurelio Luna Maldonado, de la Universidad de Murcia, España, sino del derecho que tiene la parte de intervenir directamente en los análisis a través de los peritos adjuntos, lo que invariablemente contribuiría a ampliar las posibilidad diagnósticas y analíticas, transparentando a su vez todo el proceso, que en el contexto no sólo representa un hecho científico, sino histórico. Ello permitiría a su vez comparar el trabajo realizado por los distintos equipos y/o intervinientes, así como también permitiría profundizar en estudios posteriores que pudiesen requerirse, dependiendo de los primeros análisis o resultados, incrementando las posibilidades de éxito en la investigación, con mayores garantías científicas en los resultados obtenidos, a través de mayores aportes técnicos durante las investigaciones”.