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Agosto 18, 2026

La Sagrada Familia

Nuevamente el Chile cotidiano, del que se alimenta el Chile mediático y farandulero, se sacude con el debate de las opciones sexuales de los padres que litigan por el cuidado personal de sus hijos. Ayer fue el caso de la madre-jueza-lesbiana, que reclamó la tuición de sus hijas de 3, 6 y 9 años.

Más allá de los sentimientos que provocó este caso y de los argumentos que se esgrimieron en uno u otro sentido, debemos decir que resultó conmovedor que una integrante del tercer Poder del Estado -el Judicial- el más solemne, críptico, conservador y casi inmutable a los cambios que viene experimentando la sociedad chilena, vivió una situación, en que uno de los suyos hizo noticia por conmover los cimientos valóricos de nuestra sociedad. Chile siguió de cerca la historia de Karen Atala, una jueza que con coraje asumió su condición de lesbiana y reclamó la tuición de sus hijas. El poder se las arrebató y hoy el Estado chileno está demandado en las Cortes Internacionales. 

La noticia que un Juez de Familia, conforme con sus facultades, resolvió otorgar el cuidado personal de dos menores de edad a su padre, que declaró su condición homosexual. La madre accedió voluntariamente y de acuerdo con la nueva ley que creó los Tribunales de Familia se consultó a los menores y estos manifestaron su voluntad de vivir con su padre, señalando que respetaban su opción sexual. 

El cuidado personal de los hijos de padres separados es una materia que  resuelven los jueces de Familia. Dicho conocimiento va más allá del tema -no menor por cierto- de las opciones sexuales de los padres. La tuición no tiene un marco regulador específico, sino que su diseño técnico jurídico, además de deficiente y añejo, se encuentra disperso en varios textos legales como el Código Civil, Ley sobre Protección de Menores y Ley sobre Adopción de Menores. Además de las normas establecidas en los Tratados y Convenios internacionales. Esta materia algo mejoró con la ley que creó los Tribunales de Familia.

Los tratadistas coinciden en definir la tuición como “El conjunto de deberes y derechos que corresponden a ciertas personas señaladas en la ley o por el Juez, respecto al cuidado personal y educación de un menor de edad” Nuestra legislación al igual que el derecho comparado, admite la posibilidad que no sea la madre a quien corresponda la tuición de sus hijos, pero esta situación tiene que ser declarada judicialmente. En la mayoría de los casos en largos y tortuosos juicios, en que los litigantes -incluidos sus abogados- se dan con todo. Para obtener el cuidado personal de los hijos las partes intervinientes basan sus argumentos en acreditar la inhabilidad  de alguno de los padres. Saque el lector sus propias conclusiones de los testimonios que las partes esgrimen.

No queda claro si Chile realmente está cambiando y aprendiendo a aceptar y mirar con una actitud de tolerancia y respeto la diversidad de situaciones que han existido de siempre –no solo en el Poder Judicial- como una madre lesbiana o un padre homosexual. Hoy en nuestro país se nota cierta tendencia a tolerar -más en lo formal que en lo sustantivo- determinadas opciones, no sólo sexuales sino que políticas y culturales, o miradas distintas de nuestro proceso de consolidación como Nación. Sin embargo esto conlleva una peligrosa afección a dejarse llevar por un pseudo discurso políticamente correcto, de aceptar así sin más que alguien pueda tener una opción sexual distinta o diferente, no a la normal, sino que a la común y mayoritaria.  

Personalmente creo que las normas que regulan la tuición deben revisarse y modificarse, sobre todo respecto de prejuicios jurídicos históricos que señalan “per se” que la tuición corresponde a las madres. Que si bien nuestra sociedad intenta balbuceos para asumirse como respetuosa de las libertades individuales, tolerante, comprensiva ante la diversidad, aún queda camino por recorrer casi tan proporcional al demonio discriminador que aún nos habita.  

Por Rodrigo De Los Reyes Recabarren
 rodrigodlr@patagoniachile.cl