El fallo va directamente en contra de la línea jurídica que ha sostenido la mayoría de la Corte Suprema en materia de delitos de lesa humanidad, al considerar que no pueden ser amnistiados ni prescritos porque así lo establecen las normas internacionales.
Según Caucoto, la mayoría circunstancial -que refleja una gran debilidad de nuestro sistema jurídico- la dio “el abogado integrante José Fernández, enemigo declarado de los derechos humanos, y logró este fallo que nos parece muy grave”.
El cuestionado fallo fue posible porque, el ministro titular y presidente de la sala, Alberto Chaigneau, quien se opone a la amnistía y prescripción de estos delitos, fue reemplazado por el abogado Fernández.
Los otros dos votos que permitieron la mayoría accidental por la prescripción y la negación de los Convenios de Ginebra que protege a los prisioneros de guerra vigentes para Chile desde los años 50, fueron de los ministros Rubén Ballesteros y Nibaldo Segura, que casi siempre votan por absolver a los violadores de derechos humanos.
Por mantener la condena en contra de Lecaros, votaron los magistrados Hugo Dolmestch y Jaime Rodríguez que, junto a Chaigneau, conforman la mayoría anti-amnistía-precripción de esta Sala Penal que, en definitiva, debe resolver todas estas causas en última instancia.
“No puede suceder, estas mayorías y minorías del momento para resolver los crímenes de lesa humanidad”, enfatizó Caucoto.
