El incumplimiento en el caso Claude se debe a que –luego del plazo de seis meses- no se le ha entregado a los peticionarios las informaciones requeridas por la sentencia; y a que las partes de ella que debían publicarse en un”diario de amplia circulación nacional”, lo fueron en “La Nación”, el matutino nacional que tiene lejos la menor circulación (1,56% de promedio diario); y en su sección de Avisos Económicos, con lo que en la práctica ningún chileno se informó de aquella. Este último incumplimiento material de la sentencia se ha repetido en el caso Almonacid.
Actualmente, el Gobierno está dando un nuevo paso que afectará –indirecta pero gravemente- el cumplimiento de un aspecto central de la sentencia del caso Almonacid: la anulación de la vigencia del decreto-ley de autoamnistía de 1978 en los casos de desapariciones forzadas, ejecuciones y torturas. En efecto, al haberse aprobado en el Senado la creación de un Instituto Nacional de Derechos Humanos, quitándole las facultades para litigar en casos de graves violaciones de derechos humanos, se estaría afectando notablemente las posibilidades concretas de lograr condenas en los casos de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos. Recordemos que para los casos de tortura el gobierno de Lagos logró la aprobación parlamentaria, en 2004, de una ley aberrante que –además de beneficiar a sus perpetradores denunciados ante la comisión Valech con un secreto de 50 años- le prohíbe al Poder Judicial acceder a la información recogida por la Comisión Valech respecto de dichos crímenes.
Con el concurso de ambos elementos cualquier proyecto de ley futuro que pretenda cumplir formalmente con el acápite N° 6 de la sentencia del caso Almonacid (que estipula que el Estado de Chile “debe asegurarse que el Decreto Ley N° 2.191 no siga representando un obstáculo para la investigación, juzgamiento y, en su caso, sanción de los responsables de otras violaciones similares acontecidas en Chile”) verá seriamente impedido su cumplimiento material, esto es, el logro de la justicia.
Esperemos, pues, que el Congreso Nacional derogue la monstruosa ley que beneficia a los torturadores; y que no consume la eliminación de las facultades de litigar del Instituto de Derechos Humanos que beneficiaría a los victimarios de las desapariciones forzadas y de las ejecuciones por razones políticas. De no hacerlo, el Estado de Chile no solo estaría violando institucionalmente el derecho a la justicia, sino que además estaría configurando una nueva burla a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Felipe Portales es sociólogo
