Santiago.- La Contraloría revisa 600 casos, de una lista más amplia de exonerados políticos acreditados por el Instituto Nacional de Previsión, INP, para recibir el pago de un bono extraordinario de pensión no contributiva. El 20 de julio, el Diario Oficial publicó la aprobación del Reglamento asociado a la Ley 20.134 dando, de este modo, el vamos a la cancelación del beneficio. Sin embargo, ésta se llevará a cabo una vez que el organismo fiscalizador finalice la investigación en curso.
El pago del bono lo efectuará – por única vez – el Instituto Nacional de Previsión. Pero la fecha exacta de emisión del esperado cheque aun no se sabe. Según, Pedro Vallette, jefe de prensa de la entidad estatal, la publicación del listado oficial de beneficiarios se hará tan pronto la Contraloría resuelva la situación de los “seiscientos”. Consultado sobre las razones que llevaron al organismo fiscalizador a revisar “algunos casos”, Vallette, indicó que se trata de “un procedimiento normal”. El funcionario dijo, además, no tener información precisa sobre el monto a pagar a cada exonerado.
En la actualidad, la mayoría de los trabajadores exonerados durante la dictadura militar por razones políticas, recibe una pensión de 100 mil pesos.
La Ley 20.134, promulgada el 8 de noviembre del año 2006, establece que “tendrán derecho al bono extraordinario los trabajadores del sector privado y de las empresas autónomas del Estado, exonerados por motivos políticos entre el 11 de septiembre del de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, a quienes se les concedió pensión no contributiva conforme a lo dispuesto en el inciso tercero, artículo 12” del cuerpo legal.
En la actualidad, la mayoría de los trabajadores exonerados durante la dictadura militar por razones políticas, recibe una pensión de 100 mil pesos.
La Ley 20.134, promulgada el 8 de noviembre del año 2006, establece que “tendrán derecho al bono extraordinario los trabajadores del sector privado y de las empresas autónomas del Estado, exonerados por motivos políticos entre el 11 de septiembre del de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, a quienes se les concedió pensión no contributiva conforme a lo dispuesto en el inciso tercero, artículo 12” del cuerpo legal.
Detalles tanto de la Ley como su Reglamento en www.inp.cl
