La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 20 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Bernardo de Castro López, ilícito perpetrado a partir del 14 de septiembre de 1974.
En fallo unánime (causa rol 823-2015), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Soledad Melo, Jaime Balmaceda y Maritza Villadangos–condenó a los exagentes: César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Gerardo Ernesto Urrich González, Manuel Andrés Carevic Cubillos y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, Orlando Manzo Durán, Pedro René Alfaro Fernández, Armando Segundo Cofré Correa, Héctor Alfredo Flores Vergara, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Risiere del Prado Altez España, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Manuel Heriberto Avendaño González, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Hernán Patricio Valenzuela Salas y Alejandro Francisco Molina Cisternas, fueron sentenciados a la pena de 5 años y un día de presidio.
En la causa, el tribunal absolvió a Nelson Eduardo Iturriaga Cortez y José Dorohi Hormazábal Rodríguez.
En la etapa de investigación, el ministro de fuero Hernán Crisosto estableció los siguientes hechos:
1) Que en horas de la tarde del día 14 de septiembre de 1974, Bernardo de Castro López, militante del Partido Socialista, fue detenido en su domicilio ubicado en calle Bilbao N° 1236, de la comuna de Providencia, siendo llevado a un cuartel de la Policía de Investigaciones de Chile donde fue interrogado y luego entregado a agentes de la DINA, quienes lo llevaron al recinto de detención clandestina denominado “Venda Sexy”, ubicado en calle Irán N° 3037, de Santiago, y posteriormente fue trasladado al recinto de detención clandestino denominado “Cuatro Álamos”, ubicado en calle Canadá N° 3000, de la comuna de Santiago, recintos que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA.
2) Que De Castro López durante su estada en el cuartel de “Venda Sexy” permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dicho cuartel con el propósito de obtener información relativa a integrantes de su grupo político, para proceder a la detención de los miembros de esa organización, aislamiento que continuó en Centro de Cuatro Álamos.
3) Que la última vez que la víctima De Castro López fue visto con vida por otros detenidos, ocurrió un día no determinado del mes de octubre de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha.
4) Que el nombre de Bernardo de Castro López apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista “LEA” de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Bernardo de Castro López había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes a grupos de izquierda, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros; y que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima De Castro López tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior”.