La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 100 UTM (unidades tributarias mensuales) que le aplicó el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) al canal Mega por vulnerar el proceso de formación de niños y adolescentes en programa matinal “Mucho Gusto”, emitido el 4 abril 2017.
En fallo unánime (causa rol 12.043-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Rosa Kittsteiner, Gloria Solís y el abogado (i) Rodrigo Asenjo– confirmó la sanción aplicada por la autoridad fiscalizadora.
“Que, tal como lo ha expuesto el Consejo Nacional de Televisión, mediante la conducta expresada por los panelistas del programa Mucho Gusto efectivamente se ha afectado la formación intelectual y espiritual de la niñez y de la juventud, al exhibir una conducta que manifiesta de manera inequívoca características sexuales, que importan la vulneración del proceso de formación de los menores, pues con esta se tiende a normalizar una situación que de modo alguno puede considerarse habitual o normal, toda vez que se lleva a cabo en el contexto de un ambiente laboral, y absolutamente público, entregando un ejemplo conductual a una audiencia que está pendiente de las actividades que realizan quienes participan en programas de esta naturaleza”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “compartiendo estos jueces los fundamentos expresados por el Consejo Nacional de Televisión para desestimar los descargos formulados por el canal de televisión, que tienden a trasladar la responsabilidad del contenido de la emisión al espectador, sin considerar que innegablemente la emisión del programa se materializó en horario de protección a los menores de edad, restando importancia a conductas que la sociedad mediante diversas instancias ha intentado erradicar e impedir, en pro de la formación intelectual y espiritual de la niñez y de la juventud y el respeto que toda persona merece por su calidad de tal”.