La ministra en visita de la Corte de Apelaciones de San Miguel Marianela Cifuentes dictó autos de procesamientos en contra de miembros en retiro de carabineros en investigaciones por 2 secuestros calificados y un homicidio calificado ocurridos entre el 3 al 7 de octubre de 1973 en la comuna de la Granja.
En la resolución (causa rol N° 10-2011) la ministra Cifuentes encausó a Héctor Fernando Osses Yáñez y a Aquiles Bustamante Oliva, en calidad de autores, del delito de secuestro calificado de Víctor Fernando Ramírez Ortiz, a partir del día 7 de octubre de 1973, en la población San Gregorio de la comuna de La Granja.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:
1° Que el día 7 de octubre de 1973, en horas de la mañana, Víctor Fernando Ramírez Ortiz, apodado “el cara de forro”, fue detenido, sin derecho, en el inmueble de calle 7 Oriente N° 8.424 de la población San Gregorio de la comuna de La Granja, en el contexto de un allanamiento masivo efectuado en la referida población, por funcionarios del Ejército y de Carabineros de Chile.
2° Que, acto seguido, Ramírez Ortiz fue trasladado a una cancha de fútbol, situada en las inmediaciones de la Subcomisaría de Carabineros de La Granja, lugar en que se le mantuvo detenido, junto a otros pobladores.
3° Que, más tarde, Víctor Ramírez Ortiz fue segregado y trasladado a la referida unidad policial, que, en esa época, se encontraba a cargo del Capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y del Teniente Aquiles Bustamante Oliva, sitio en que se le mantuvo encerrado, sin derecho.
4° Que, en lugar de ser puesto a disposición del tribunal competente, el detenido fue ejecutado, falleciendo el día 8 de octubre de 1973, en horas de la madrugada, a causa de cinco heridas, producidas por el paso de proyectiles balísticos, en las zonas toráxica y abdominal.
5° Que, el día 27 de octubre de 1973, el cuerpo de la víctima fue encontrado en la ribera del río Mapocho, bajo el puente Purísima.
En tanto, en causa rol N° 173-2011, la ministra Cifuentes procesó a Héctor Fernando Osses Yáñez y Aquiles Bustamante Oliva, en calidad de autores del delito de homicidio calificado de Juan Humberto Francisco Hernández Guajardo, cometido el día 3 de octubre de 1973.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:
1° Que el día 3 de octubre de 1973, alrededor de las 15:30 horas, Juan Humberto Francisco Hernández Guajardo fue detenido en su domicilio, ubicado en pasaje Gabriela Mistral (ex 51 Sur) N° 1.882 de la población La Bandera, por funcionarios de carabineros de dotación de la Subcomisaría de La Granja, a raíz de la denuncia efectuada en su contra por su cónyuge Teresa Mercedes Peredo Contreras, por el delito de lesiones.
2° Que, acto seguido, Hernández Guajardo fue trasladado a la referida unidad policial, que, en esa época, se encontraba a cargo del Capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y del Teniente Aquiles Bustamante Oliva.
3° Que, en horas de la noche, en lugar de ser puesto a disposición de la autoridad judicial competente, el detenido Juan Hernández Guajardo fue sacado del recinto policial y ejecutado en avenida Vicuña Mackenna de la comuna de La Florida, falleciendo por la lesión provocada por el impacto de un proyectil balístico en el abdomen, que causó un hemoperitoneo y perforación de las asas intestinales.
4° Que la víctima recibió, además, impactos de proyectil balístico en la región lumbar izquierda y en las extremidades inferiores, con fractura del fémur derecho.
Finalmente, la ministra en visita sometió a procesamiento en causa rol N°204-2011 a Héctor Fernando Osses Yáñez y Aquiles Bustamante Oliva, en calidad de autores del delito de secuestro calificado en contra de Víctor Segundo Benítez Ortega, el día 7 de octubre de 1973, en la comuna de La Granja.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos:
1° Que el día 7 de octubre de 1973, en horas de la mañana, Víctor Segundo Benítez Ortega fue detenido, sin derecho, en su domicilio, ubicado en calle 1 Sur N° 0462 de la población San Gregorio de la comuna de La Granja, en el marco de un allanamiento masivo realizado en la citada población por funcionarios del Ejército, de Carabineros y de la Policía de Investigaciones, junto al padre y a un hermano de su conviviente Filomena del Carmen Fernández Pino.
2° Que, acto seguido, los tres individuos fueron trasladados a una cancha de fútbol, situada en las inmediaciones de la Subcomisaría de Carabineros de La Granja, lugar en que se les mantuvo detenidos, junto a otros pobladores.
3° Que, más tarde, el padre y el hermano de Filomena Fernández Pino fueron liberados, en tanto que Víctor Segundo Benítez Ortega fue segregado y trasladado a la referida unidad policial, que, en esa época, se encontraba a cargo del Capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y del Teniente Aquiles Bustamante Oliva, lugar en que se le mantuvo encerrado, sin derecho.
4° Que, en horas de la noche, el detenido Benítez Ortega fue sacado del recinto policial y ejecutado en el sector de La Florida, falleciendo a causa de las lesiones provocadas por el impacto de cuatro proyectiles balísticos.
5° Que, de los cuatro proyectiles, dos ingresaron por la región lumbar izquierda, desgarraron el hígado y perforaron el estómago y, los restantes, impactaron en la región retro auricular izquierda y en la región parietal izquierda, ingresaron a la bóveda craneana y lesionaron gravemente la estructura encefálica a nivel del tronco cerebral.