La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, dictó tres resoluciones en contra miembros en retiro de Carabineros por su responsabilidad en serie de delitos cometidos en la Subcomisaría de La Granja, en octubre de 1973.
En la primera resolución (causa rol 30-2009 A), la ministra en visita dictó acusación en contra de los oficiales en retiro Héctor Fernando Osses Yáñez y Aquiles Bustamante Oliva, en calidad de autores de los delitos de secuestro simple y homicidio calificado de Héctor Andrés Queglas y Luis Eugenio Morales Muñoz; y contra Luis Alberto Baeza Sanhueza, Segundo Llanos Amariles y Julio César Yáñez Illanes, como autores de los delitos de homicidio calificado de Héctor Andrés Queglas y Luis Eugenio Morales Muñoz. Ilícitos perpetrados el 4 de octubre de 1973, en la comuna de La Granja.
En la etapa de investigación, la ministra Cifuentes logró establecer los siguientes hechos:
“Que el día 4 de octubre de 1973, alrededor de las 22:00 horas, en circunstancias que Héctor Andrés Queglas Maturana y Luis Eugenio Morales Muñoz se encontraban en el domicilio que compartían, ubicado en la comuna de La Granja, fueron detenidos, sin derecho, por funcionarios de Carabineros de dotación de la Subcomisaría de La Granja, que en esa época se encontraba a cargo del capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y del teniente Aquiles Bustamante Oliva”.
“Que, posteriormente, Héctor Queglas Maturana y Luis Morales Muñoz fueron trasladados hasta la referida unidad policial, lugar en que se les mantuvo encerrados, sin derecho, hasta que una patrulla de carabineros, integrada por el sargento 2° Armando Sáez Pérez -actualmente fallecido- y los carabineros Segundo Baldomero Llanos Amariles, Luis Alberto Baeza Sanhueza, Fernando Rojas Velis -actualmente fallecido- y Julio César Yáñez Illanes, entre otros, los condujo a las inmediaciones de las avenidas Departamental con Santa Rosa, sitio en que fueron ejecutados, mediante disparos con armas de fuego”.
Procesamientos
En una segunda resolución (causa rol 30-2009 C), la magistrada sometió a proceso a los exoficiales Osses Yáñez y Bustamante Oliva, en calidad de autores del delito de secuestro calificado de Juan Fernando Campos Gatica. Ilícito cometido el 2 de octubre de 1973.
En la etapa indagatoria, la magistrada estableció la siguiente secuencia de hechos:
“1° Que el día 2 de octubre de 1973, en horas de la tarde, Juan Fernando Campos Gatica fue detenido, sin derecho, en su domicilio, ubicado en el pasaje 3 Norte N° 0467 de población San Gregorio de la comuna de La Granja, por funcionarios de carabineros de dotación de la Subcomisaría de Carabineros de La Granja, entre ellos, el Sargento 2° Armando Sáez Pérez, apodado “el manchado”, actualmente fallecido.
2° Que, acto seguido, fue trasladado a la referida unidad policial, que, en esa época, se encontraba a cargo del Capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y del Teniente Aquiles Bustamante Oliva, lugar en que se le mantuvo encerrado, sin derecho.
3° Que, en lugar de ser puesto a disposición del tribunal competente, el detenido fue ejecutado en horas de la noche, mediante un disparo con arma de fuego, que le provocó una herida cérvico-facial, que ingresó por la cara lateral izquierda del cuello, perforó la carótida, fracturó la 3° vértebra cervical y seccionó parcialmente la médula espinal, saliendo por la región malar derecha”.
Finalmente (causa rol 30-2009 D), la ministra Marianela Cifuentes resolvió encausar a Héctor Osses Yáñez y Aquiles Bustamante Oliva por su responsabilidad en los secuestros calificados de Mario Ángel Candia Acevedo, Luis Humberto Muñoz Aguayo y Luis Antonio Villarroel Rivera. Ilícitos perpetrados el 2 de octubre de 1973, en la población San Gregorio de la comuna de La Granja.
En la causa, se logró establecer los siguientes hechos:
“1° Que el día 2 de octubre de 1973, en horas de la tarde, Mario Ángel Candia Acevedo, Luis Humberto Muñoz Aguayo y Luis Antonio Villarroel Rivera fueron detenidos, sin derecho, en la esquina de los pasajes 9 Poniente y 5 Norte de la población San Gregorio de la comuna de La Granja, por funcionarios de carabineros de dotación de la Subcomisaría de Carabineros de La Granja, entre ellos, el Sargento 2° Armando Sáez Pérez, apodado “el manchado”, actualmente fallecido.
2° Que, acto seguido, todos ellos fueron trasladados a la referida unidad policial, que, en esa época, se encontraba a cargo del Capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y del Teniente Aquiles Bustamante Oliva, lugar en que se les mantuvo encerrados, sin derecho.
3° Que, en lugar de ser puestos a disposición del tribunal competente, los tres detenidos fueron ejecutados en horas de la noche, falleciendo Mario Ángel Candia Acevedo a causa de una herida torácica, producto del paso de un proyectil balístico, que ingresó por la región escapular derecha, lesionó en su trayectoria el lóbulo inferior, medio y superior del pulmón derecho, seccionó parcialmente la aorta y salió por el 1° espacio intercostal izquierdo; Luis Humberto Muñoz Aguayo, a causa de una herida abdominal, producto del paso de un proyectil balístico, que ingresó por la fosa ilíaca izquierda, perforó el colon y la arteria ilíaca derecha y salió por el hueso ilíaco derecho y Luis Antonio Villarroel Rivera, a causa de tres heridas toráxicas, producto del paso de proyectiles balísticos, que ingresaron por la parte posterior del tórax, perforaron ambos pulmones y la aorta, causando un hemotórax y anemia aguda”.