Noviembre 16, 2024

Caso Riggs: Robo con bendición judicial

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago del 21 de junio sobre el denominado “Caso Riggs” puede inscribirse como un acto de la transición, uno más de aquellos consensos para impedir el juicio y castigo de Augusto Pinochet, su familia y su entorno más cercano.

 

El dictamen judicial absuelve a seis altos oficiales del ejército en retiro por el delito de malversación de caudales públicos y ordena devolver a los herederos de Pinochet 24 bienes inmuebles incautados y liberar cerca de cinco millones de dólares en depósitos en cuentas bancarias. Aun cuando la Corte admite que aquellos bienes fueron obtenidos de forma “ilícita”, afirma que no es posible mantener el embargo por haber fallecido el responsable del delito. En el caso de los oficiales cómplices de Pinochet, el tribunal levantó las condenas al considerar la prescripción del delito.

 

El dictamen revoca el fallo de mayo de 2015 dictado por el ministro en visita Manuel Antonio Valderrama, que había condenado a los oficiales que prestaron funciones en la Casa Militar (Jorge Ballerino, Ramón Castro, Gabriel Vergara, Sergio Moreno, Juan Mac Lean y Eugenio Castillo). Al no existir un delito continuado de malversación de caudales públicos desde 1981 hasta 2004, la Corte estableció la prescripción de la acción penal.

Para la Corte, cuya sentencia fue con votos divididos, queda claro que Pinochet y sus cómplices son culpables en el delito de malversación de fondos públicos. Pero advierte que no es posible decretar jurídicamente en la sentencia el “comiso” después de la muerte del culpable. En este sentido, agrega, las penas deben ser personales, es decir, “deben recaer sobre el directamente responsable y nada más que sobre él, sin que sus efectos puedan redundar en perjuicio de terceros”.

 

REDES Y CASCADAS PARA

LAVADO DEL DINERO

La sentencia ahonda más en el delito cometido por Pinochet. Para el tribunal, si bien resulta “atinado” razonar que “no es posible adquirir el dominio por sucesión por causa de muerte sobre bienes que no son efectivamente de dominio del causante”, situación en la que se encontrarían los bienes obtenidos de forma ilícita por Pinochet, “ciertamente no sucede lo mismo con aquellas especies que tras ser adquiridas mediante la utilización de dichos efectos o sirviéndose de ellos, han ingresado al patrimonio del delincuente a través de otro medio de adquirir el dominio”. Más adelante, aclara: “Las especies que figuran embargadas no corresponden al efecto originalmente obtenido con la comisión del delito, sino que a bienes adquiridos por Pinochet Ugarte con los efectos de la sustracción de caudales públicos, los que ingresaron eficaz y legalmente, mas no legítimamente, a su patrimonio, por lo que a su fallecimiento pasaron de pleno derecho y por el solo ministerio de la ley a sus herederos, quienes de este modo adquirieron legalmente su dominio”.

Para tal fin, podemos afirmar, el dictador montó una red que manejaron subalternos de plena confianza, como Jorge Ballerino, Castro o Vergara, por la cual los dineros mantuvieron un flujo por sociedades cascada y cuentas corrientes. De esta forma y con el objetivo de su blanqueado, el capital robado de los gastos reservados salía de Chile, era depositado en bancos estadounidenses para regresar más tarde al país de origen. Una vuelta cuyo único fin era su lavado.

Esta sentencia, que será apelada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), si bien absuelve a los delincuentes, y permite a sus herederos disponer de los bienes sustraídos al Estado, no altera en nada el fondo del delito. El CDE afirma que la Corte de Apelaciones incurrió en un “error de hecho” al basar su fallo en que el Estado chileno no había pedido la interrupción de la prescripción del delito cometido por Pinochet dentro del plazo de diez años que indica la ley. “Con fecha 12 de junio de 2008, este Consejo (CDE) presentó escrito manifestándose expresamente la voluntad de formalizar, anunciar y hacer reserva de las acciones civiles que correspondan al Estado de Chile en este proceso, para los fines de impedir precisamente la prescripción civil de las acciones aludidas”.

 

EL FALLO DE 2015 DEL

MINISTRO VALDERRAMA

El delito, que no ha cambiado el reciente fallo, está explicado y detallado en la sentencia del ministro Valderrama de 2015. En ese dictamen, que condenó a Ballerino y los otros cinco oficiales a penas remitidas e incautó los bienes adquiridos por el dictador con dineros de gastos reservados desviados a cuentas en el Banco Riggs, Valderrama describe y sanciona el mayor robo conocido de la historia política chilena por quien de forma ilegítima y sanguinaria ejercía el cargo autodesignado de presidente de la República.

El desfalco realizado por Pinochet y sus cómplices a las arcas fiscales saltó a la luz pública en 2004, cuando el Subcomité Permanente de Investigación del Senado de Estados Unidos sondeaba dineros ligados con el terrorismo y narcotráfico. La pesquisa descubrió numerosas cuentas que tenía Pinochet bajo su nombre, alias y chapas, las que conformaron la citada red para sacar fondos de las arcas del Estado chileno y blanquearlos. Cuentas y sociedades para beneficio personal y de su familia por más de 21 millones de dólares.

El patrimonio de Augusto Pinochet ascendía al monto citado, del cual solo dos millones escasamente podían estar justificados a través de su sueldo, comisiones e intereses. Las auditorías efectuadas por la investigación judicial, encargadas a la Universidad de Chile, detectaron que más de 17 millones de dólares no tenían justificación. Un volumen cuya fuente estaba en fondos reservados asignados a la Presidencia de la República, a la Casa Militar y a la Comandancia en Jefe del Ejército. Esos ingresos formaron la red para sacar ilegalmente el dinero de Chile al banco estadounidense Riggs y después reingresarlo. Contra los ingresos aparecían una diversidad de inversiones, dividendos, préstamos a Pinochet y Lucía Hiriart, impuestos, contribuciones, compra de bienes raíces, vehículos, acciones, depósitos a plazo, fondos mutuos, construcción de inmuebles, etc.

Los fondos destinados a gastos reservados de la Comandancia en Jefe del Ejército de Chile eran anualmente determinados por el Escalafón Presupuesto de la Comandancia en Jefe y ascendían aproximadamente a 1,3 millones de dólares en 1999. Determinado el respectivo ítem de la Ley de Presupuesto de la Nación y con la venia del Ministerio de Hacienda, la Dirección de Finanzas del Ejército efectuaba la asignación presupuestaria, aprobando lo solicitado por cada unidad. Posteriormente eran girados por Tesorería General de la República y depositados en la cuenta N° 13073 (Recursos Presupuestarios) del Banco del Estado de Chile y desde allí se los transfería a la Misión Militar en EE.UU., en conjunto con sus gastos operacionales. Una vez en Estados Unidos, entre 1980 y 1994 estos gastos reservados se depositaron en la cuenta N° 3115 del Banco Scotia Ontario, Canadá, los cuales pasaron entre 1994 y 1998 a la cuenta N° 17194438 del Riggs Bank de Washington.

 

BUSTOS DE NAPOLEON

Y GASTOS EN SASTRERIA

Hasta el año 1992, se giraba contra estos gastos reservados solo con un certificado emanado de la Secretaría General del Ejército, cargo que ocuparon desde 1980 Ramón Castro Ivanovic, Sergio Marcelo Moreno Saravia y Jaime Enrique Lepe Orellana. Los secretarios generales cursaron numerosas órdenes de entrega de dineros de esta naturaleza a petición de Pinochet Ugarte, para convertirlos en propiedades, construcciones, pagos de salarios a obreros por labores de índole privada de Pinochet y su entorno, explotación agrícola, sustento de parientes y cercanos, aportes a CEMA Chile, libros, estatuas o bustos de Napoleón Bonaparte, sastrería, arriendo de cabañas turísticas, audífonos, vestuario, relojes, calzado, gastos médicos, kinesiología, zapatillas de gimnasia, atlas, repuestos de lapiceras, buzos deportivos y variados otros destinos de naturaleza personal, sin contar con lo conservado en el extranjero. Algunos de los pedidos eran ejecutados por los oficiales del ejército que oficiaban como agregados en las misiones en Washington y Madrid o en las diversas agregadurías. Estos insumos no quedaban respaldados.

Jorge Ballerino, Ramón Castro, Gabriel Vergara, Sergio Moreno, Juan Mac Lean y Eugenio Castillo ostentaron, entre otros, los cargos de jefe de la Casa Militar, edecán, secretario general del ejército, todos íntimamente ligados a Pinochet. Fueron ellos quienes abrieron cuentas en bancos estadounidenses bajo diferentes nombres y chapas, como el inefable “John Long” que ocultaba a Ballerino.

La auditoría de la Universidad de Chile concluyó que el monto total malversado por estos oficiales a favor de Augusto Pinochet asciende a 6,4 millones de dólares. De este total, 3,6 millones corresponden a dineros fiscales desviados por Ballerino, 1,1 por Ballerino bajo el alias de John Long, 671 mil dólares por Gabriel Vergara, 880 mil por Juan Mac Lean, 70 mil por Eugenio Castillo y 123 mil por Sergio Moreno. En suma, establece el fallo del ministro Manuel Valderrama, “ los acusados en este proceso, malversaron fondos públicos con el objeto que sean sustraídos por un tercero. Este tercero se trata de Augusto José Ramón Pinochet Ugarte quien, de acuerdo al informe pericial evacuado por la Universidad de Chile, obtuvo como remuneraciones e ingresos provenientes de fuentes legítimas, la suma de US$ 1.427.588,55, en cifras nominales, monto que es producto de las remuneraciones de los distintos cargos que ostentó durante su vida militar y política”.

 

Por tanto, dice la sentencia del 2015, “del estudio detallado y pormenorizado de los distintos antecedentes que se han recabado en este proceso judicial, es indudable que los dineros cuyo origen es lícito, no resultan suficientes para acreditar la adquisición de los bienes raíces, que también se encuentran embargados en esta misma causa, ni tampoco alcanzan para dar una justificación razonable de todo el dinero de que se trata este proceso, que de acuerdo a lo establecido en el informe pericial de la Universidad de Chile asciende a US$21.363.761,30, dineros éstos que sirvieron, entre otros fines, para la manutención de la familia del ex comandante en jefe del ejército, lo que fue señalado por el propio Augusto Pinochet Ugarte”.

Para el ministro Valderrama quedó más que claro que la fortuna del dictador “proviene de la sustracción que Pinochet Ugarte efectuó de fondos públicos, principalmente de gastos reservados, por lo que los bienes embargados se constituyen en efectos del delito”. En tanto, agrega que “tampoco resulta dable descartar para este sentenciador otros orígenes, igualmente ilícitos, que incrementaron el patrimonio personal de Pinochet Ugarte, conclusión que se basa en haberse acreditado actuaciones como el uso de pasaportes falsos por parte de Pinochet Ugarte y su entorno familiar y militar, y la apertura de cuentas en el extranjero mediante el uso de identidades falsas”.

La sanción aplicada por el juez Manuel Valderrama fue la incautación, el decomiso de esos bienes y cuentas y condenas de prisión remitida para los oficiales cómplices. En total, se hallaron e incautaron 24 propiedades o bienes inmuebles, tres vehículos a nombre de Augusto Pinochet Ugarte y siete instrumentos bancarios por casi cinco millones de dólares.

Es probable que el reciente fallo de la Corte de Apelaciones favorezca nuevamente a Pinochet, sus cómplices y herederos, tal como otros episodios similares durante la transición. Hoy, si bien la prensa del duopolio ha intentado ocultar este vergonzoso fallo judicial, hay algo que ya queda escrito y es indeleble. Pinochet, además de asesino, fue un redomado ladrón.

 

PAUL WALDER

 

Publicado en  “Punto Final”, edición Nº 879, 7 de julio 2017.

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