Noviembre 16, 2024

Ministro en visita procesa a oficiales en retiro de Carabineros por secuestros calificados en Chillán

El ministro en visita extra ordinaria para causas por violaciones de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, dictó este miércoles procesamientos por los secuestros calificados de Ricardo Troncoso León y Francisco Sánchez Argüen, ambos ocurridos el 1 octubre de 1973 en distintos puntos de Chillán.

 

 

En el primero de los casos, el magistrado, encausó y sometió a prisión preventiva al coronel (r) de Carabineros Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, en calidad de autor y al civil, ex miembro del movimiento “Patria y Libertad”, Juan Antonio Sepúlveda Peña en calidad de cómplice, del delito de secuestro calificado de Ricardo Troncoso León, hecho ocurrido el 1 de octubre de 1973, en la población El Tejar de Chillán.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la carpeta se logró determinar que alrededor de las 11 horas del 1 de octubre de 1973, Ricardo Troncoso León, fotógrafo y director teatral, seudónimo “Gonzalo Román”, fue requerido por efectivos policiales cuando se encontraba en su domicilio ubicado en población El Tejar, Pasaje Sur N° 387 de la ciudad de Chillán, junto a su esposa e hija menor.

“(…) lugar hasta donde llegó una patrulla de Carabineros de la Segunda Comisaria de Chillán, al mando de un teniente, en un jeep y acompañados de un civil apodado “El vuela poco”, de nombre Juan Antonio Sepúlveda Peña, procedieron a allanar la vivienda y detenerlo, sin orden judicial ni administrativa competente, trasladándolo hasta el recinto de dicha institución, permaneciendo allí en tal calidad, informándose a la familia, el día 3 del mismo mes y año, que había sido trasladado hasta el Regimiento, donde tal hecho fue negado, desconociéndose su paradero o destino a partir de dicha data”, indicó la resolución.

Mientras tanto, en el caso de Francisco Sánchez Argüen, encausó y sometió a prisión preventiva al coronel (r) de Carabineros Patricio Marabolí Orellana, en calidad de autor del delito de secuestro calificado del mencionado profesor, cometido a partir del día 1 de octubre de 1973.

De acuerdo a la investigación se determinó que alrededor de las 20:40 horas del 1 de octubre de 1973, en circunstancias que Sánchez Argüen se encontraba en su domicilio ubicado en calle Libertad N° 715, en compañía de su mujer y 6 de sus 7 hijos, “(…) fue detenido, sin orden judicial o administrativa competente, por una patrulla de Carabineros al mando de un teniente, los que vestidos con tenida de combate y portando armas largas, lo introducen a uno de los vehículos en que se movilizaban”.

Posteriormente, se agrega que “(…) trasladándose –con el detenido-, a un departamento de su propiedad, ubicado en calle Libertad N° 39, departamento N° 22, el que fue allanado, mientras Sánchez Argüen permanecía sentado en el móvil policial y custodiado por Carabineros. Una vez concluido el registro, fue trasladado a la Segunda Comisaría, en cuyo trayecto fue también detenido Mario Garrido Carrasco, quien fue introducido al mismo jeep en que iba Sánchez Argüen, ambos conocidos de antes, por haber trabajado juntos, siendo ingresados a la indicada unidad policial, donde quedaron en celdas separadas y, después de ser sometido a interrogatorios en ese lugar y fecha, no se tiene noticias del paradero o destino del señor Sánchez Argüen”, explicó el fallo.

“Eran diligencias esenciales y por ello se sometió a proceso a tres personas por los delitos que se están investigando. Es un avance para las causas de Derechos Humanos, así que regreso (a Concepción) con la tranquilidad que se está cumpliendo con lo programado para su tramitación”, aseveró el ministro Aldana.

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