El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, sometió a proceso y decretó la prisión preventiva de Alejo Esparza Martínez, por su responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daño, asociación ilícita y criminal para detener y torturar, y aplicación de tortura de Abelardo Zamorano Barrera, estudiante de quinto año de la carrera de agronomía de la Universidad Católica de Valparaíso.
La resolución (causa rol 948-2006) establece que los hechos ocurrieron “a fines del mes de octubre de 1973, Abelardo Enrique Zamorano Barrera fue detenido por personal militar y civil en la ciudad de Quillota, a la salida de una pensión de estudiantes particulares donde mantenía una pieza siendo conducido a la Gobernación de dicha ciudad.”
“Luego de haber sido interrogado y golpeado en la Gobernación de Quillota, la víctima fue trasladada al Cuartel de la Policía de Investigaciones de la mencionada ciudad, lugar donde permaneció dos días esposado de pies y manos, sin ser interrogado ni torturado. Posteriormente, fue llevado a la Comisaría de Carabineros de la misma ciudad y de allí a la Cárcel Pública donde permaneció detenido diez días, aproximadamente. Fue dejado en libertad bajo fianza y obligado a firmar una vez por semana en Carabineros de Quillota”.
“Tuvo una segunda detención –continúa- en Valparaíso para el 25 de marzo de 1974, en dicha ocasión, se encontraba en la plaza de La Victoria y fue conducido al Cuartel Silva Palma por tres personas del Servicio de Inteligencia Naval que vestían de civil. En el recinto naval fue sometido a crueles tormentos e interrogatorios con golpes y corriente eléctrica, incomunicación e inclusive se le privaba de alimento y agua. La mayor parte del tiempo permaneció encapuchado en una celda donde era obligado a escuchar los interrogatorios y torturas de otras personas”.
“Luego de permanecer detenido por un mes, aproximadamente, en el Cuartel Silva Palma, bajo fuertes interrogatorios y torturas, la victima Abelardo Zamorano Barrera es trasladada a un campo de detención denominado “Isla Riesco”, lugar donde continuó recibiendo maltrato de todo tipo”, establece el fallo.
El procesado, una vez notificado del auto de procesamiento, debe ser conducido a los recintos que la Armada designe, para cumplir con la prisión preventiva.