Noviembre 17, 2024

Tribunal Laboral de Valparaíso resuelve: ONG vulnera derechos laborales y SENAME subcontrata

A casi un año del despido arbitrario y vulneratorio de derechos fundamentales que realizó la empresa social Centro Juvenil El Puerto, institución colaboradora de SENAME, a las y los trabajadores pertenecientes a nuestro sindicato, acción que por lo demás recibió el pleno respaldo de SENAME, como organización sindical iniciamos un largo proceso judicial con la convicción por reivindicar los derechos de la clase trabajadora así como defendernos de las prácticas abusivas y sancionadoras que ejercieron ambos empleadores por el hecho de articularnos en nuestro espacio de trabajo.

 

Para quienes decidimos organizarnos sabemos que la precarización y el maltrato laboral en el área social por parte de las corporaciones, fundaciones y ONG´s no son un tema aislado. Para todas estas instituciones que promueven el buen trato y los Derechos Humanos, esto no queda más que en buenas intenciones, predicando y no practicando. Por su parte, SENAME históricamente ha desconocido cualquier relación contractual con las y los trabajadores de los organismos colaboradores que ejecutamos su política social de infancia.

 

Pues bien, luego de un arduo proceso, el día 25 de enero de 2017, el Tribunal Laboral de Valparaíso falló en favor de las y los trabajadores, sentenciando que los despidos efectuados han sido consecuencia directa de represalias ejercidas por la empresa Centro Juvenil el Puerto, representada por Sandra Oyarzún Cabrera y administrada por Angélica Flores Quiroga, como consecuencia de la labor fiscalizadora de la Dirección del Trabajo a petición del sindicato mediante la denuncia de diversas irregularidades. De esta manera, el Tribunal Laboral dictamina que existió vulneración del derecho a no ser discriminado y, por tanto, la empresa ha resultado responsable y debe ejercer acciones de indemnización definidas por dicho Tribunal. En la misma línea se establece que las y los trabajadores demandantes, prestaron servicios a la empresa -contratista- Centro Juvenil El Puerto bajo régimen de subcontratación para la empresa principal Servicio Nacional de Menores, representada por Solange Huerta.

 

Lo anterior se constituye como un precedente fundamental, dado que en lo dispuesto en el reglamento de la ley N° 20.032, se plantea que no existirá relación laboral alguna entre SENAME y los trabajadores dependientes del colaborador acreditado, ni tampoco dicho Servicio podrá intervenir en materias de orden laboral ni relativas a la relación contractual establecida entre los colaboradores acreditados y sus trabajadores/as; sin embargo, en base a las pruebas y documentación incorporadas en el juicio, especialmente la base del convenio y la declaración de los testigos de ambas partes, fue posible dar por acreditado que el SENAME sí ejerce rol como empresa principal e interviene en las relaciones laborales puesto que entrega a través de las bases técnicas, diseñadas unilateralmente, los objetivos generales, específicos y líneas de acción que deben seguir las y los trabajadores contratados para desarrollar dicha tarea. En la misma línea solicita a los organismos colaboradores informes respecto a las modificaciones en la conformación de los equipos; la participación obligatoria en reuniones con supervisora técnica así como financiera dependiente del mismo SENAME, y en función de la evaluación de estas determinar la proyección

 

de dichos proyectos y el futuro laboral de las y los trabajadores.

 

De esta forma, el Tribunal Laboral de Valparaíso sentencia que el SENAME, bajo la figura de empresa principal, acuerda con la empresa Centro Juvenil El Puerto, contratista; la ejecución del Programa PIE Valparaíso Norte, bajo las bases técnicas y administrativas, así como las fiscalizaciones estipuladas en dicho convenio, lo que constituye una condición idéntica para cualquier otra empresa que ejecute programas de la misma línea de acción. En otras palabras el Tribunal declara que existe tercerización en el Servicio Nacional de Menores, quienes mediante el ejercicio de la subcontratación entregan de manera deficiente procesos de prevención y reparación a aquellos niños, niñas y adolescentes que se encuentren en una situación de vulneración de sus derechos.

 

Esta resolución judicial viene nuevamente a demostrar la crisis que vive SENAME, reflejo de un sistema de protección que no sirve, que no se encarga de proteger a los niños, niñas y jóvenes, ni a los y las trabajadores que se desempeñan en esta labor; pero si se empeña en controlar a la población y a omitir la realidad que palpan los y las trabajadores del área social. Sabemos que SENAME, por medio del Consejo de Defensa del Estado buscará en todas sus formas impugnar tal resolución, pues el Estado se resiste a reconocer la subcontratación que vivenciamos. Desde ya, éstos trabajadores/as seguiremos firmes y convencidos/as del necesario trato digno a hacia nuestro sector, por lo que no vacilaremos en llegar hasta las últimas instancias judiciales.

 

Agradecemos el apoyo incondicional de compañeros y compañeras que no dudaron en acompañarnos, haciendo carne la solidaridad entre trabajadores/as, sin miedo a las represalias, esta victoria también es vuestra, fruto de perseverancia y consecuencia.

 

Finalmente, hacemos un llamado a los y las trabajadores del área social, a continuar en el camino de la organización, a visibilizar las contradicciones del sistema de licitaciones, a velar y defender nuestros derechos laborales, esta victoria le pertenece al conjunto de los y las trabajadores; y por ello esta experiencia la ponemos al servicio de las necesidades de nuestros compañeros y compañeras que continúan resistiendo dentro del perverso mundo de la ejecución de la policita social.

 

 

Cordialmente;

 

Ex Trabajadores y Trabajadoras del Centro Juvenil El Puerto

 

Subcontratados del Servicio Nacional de Menores

 

Valparaíso, 31 de enero de 2017

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