La Sala de la Cámara aprobó, por 81 votos a favor y 4 abstenciones, el proyecto que busca sancionar la promoción de estereotipos negativos hacia la mujer a través de mensajes publicitarios.
El texto, derivado al Senado, corresponde a una moción de las diputadas UDI Claudia Nogueira, María José Hoffmann, Andrea Molina y Marisol Turres, RN Paulina Núñez y Marcela Sabat, y la independiente Karla Rubilar.
Cabe señalar que en su origen, este proyecto planteaba establecer una sanción pecuniaria a quienes cometan estos actos, en la ley que regula los derechos de los consumidores, pero tras el debate legislativo se coincidió que la norma más precisa para establecer dicha sanción es la ley 19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo.
Esto, ya que dicho cambio permite sancionar un espectro más amplio de conductas, y se cita como un ejemplo de esta promoción de estereotipos negativos, las publicidades en que se asimila el uso y compra de utensilios de limpieza como “la pareja perfecta para la mujer de hoy”.
Esto, aseguran sus autoras, no contribuye en nada a avanzar hacia la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, y menos a generar un cambio cultural para lograr en Chile una verdadera corresponsabilidad en la crianza y en las tareas del hogar, las que no son resorte exclusivo para las mujeres, entendiendo además que la publicidad de aseo no es para las mujeres sino para el hogar y su limpieza es responsabilidad de todos.
Asimismo, en los argumentos del proyecto, se precisa que estereotipos negativos son aquellos que entorpecen la habilidad de las personas de alcanzar su potencial ya que limita sus elecciones y oportunidades. Están detrás de la discriminación entre hombres y mujeres declarada y encubierta, directa e indirecta, y recurrente que afecta de modo negativo la igualdad substantiva que habría que garantizar a las mujeres. Se traducen en políticas, leyes y prácticas que causan daños a las mujeres sobre el terreno. El efecto de este fenómeno sobre la integridad mental y física de las mujeres es de privarlas de iguales conocimientos, y del ejercicio y el goce de los derechos y las libertades fundamentales.
El proyecto, en síntesis, modifica la citada ley sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo, señalando que “el que por cualquier medio de comunicación social, promueva a través de uno o más mensajes publicitarios, estereotipos destinados a degradar, menoscabar, vejar o discriminar a la mujer, será sancionado con multa de hasta 50 unidades tributarias mensuales”.