Tras varias jornadas de análisis, debate y votación, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados despachó a la Sala el proyecto , en primer trámite constitucional, que crea el sistema de educación pública, más conocido como de desmunicipalización.
La iniciativa legal, promovida por el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, fue objeto de diversos cambios respecto del texto despachado por la Comisión de Educación, en mayo pasado, con lo cual los términos específicos deberán ser resueltos en la votación en la Sala.
Uno de los aspectos cuestionados y que se deberá tratar, es el traspaso a los nuevos Servicios Locales de Educación Pública de los establecimientos que se encuentran hoy bajo la tutela de las municipalidades o de la corporaciones municipales.
La norma en cuestión (artículo octavo transitorio) -rechazada en el día de ayer- define que “los establecimientos educacionales de administración municipal o de corporaciones municipales, que cuenten con reconocimiento oficial al 31 de diciembre de 2014, ya sea que se encuentren en funcionamiento o en receso, así como aquellos que se creen a partir de dicha fecha hasta el momento del traspaso, se traspasarán al Servicio Local que ejerza sus competencias en las correspondientes comunas”. Asimismo, indica que el Servicio Local será el sucesor legal de la municipalidad o la corporación municipal, en su caso, en la calidad de sostenedor del establecimiento educacional traspasado.
Otro punto es si se repone la norma (artículo noveno permanente) que permite la creación de los ya citados Servicios Locales (67 en el país), también rechazada por la Comisión de Hacienda, así como la facultad para que el Presidente de la República, en un plazo de un año, determine la fecha en que iniciarán sus funciones dichas entidades.
Además, el Ejecutivo deberá estudiar si repone, vía indicación, algunas materias que estaban definidas en el texto original del mensaje, pero que fueron modificadas por la Comisión de Educación. En este ámbito se inscribe, por ejemplo, normas que le dan un carácter resolutivo y ya no solo consultivo a los Consejos Locales que se crean en esta ley, para definir los cargos de los directores ejecutivos de los Servicios Locales y los Planes Estratégicos Locales de Educación Pública.
En tanto, dentro de los temas que fueron aprobados por la Comisión de Hacienda y que no fueron parte de la discusión previa en la Comisión de Educación, destacan la extensión hasta el año 2022 de la vigencia del Fondo de Apoyo a la Educación Pública (FAEP) y la inclusión de un compromiso expreso de parte del Ejecutivo de enviar, antes de enero de 2017, un proyecto de ley que establezca un estatuto para los asistentes de la educación.
Asimismo, se eliminó la posibilidad de creación de nuevas oficinas de los Servicios Locales por mera solicitud de los Consejos Locales de Educación Pública; y se resolvieron temas relativos a la organización y a las atribuciones de los Servicios Locales (por ejemplo la posibilidad de determinar la apertura, fusión o cierre de establecimientos educacionales de su dependencia).