En la década del 90, una decisión política hizo surgir en el país el sistema de autopistas urbanas. Política y no técnica, ya que el propio manual de vialidad y la experiencia extranjera aconsejaban que este sistema no mejoraba el sistema de transporte sino que aumentaba la congestión y crecía más aun el mercado automotriz, situación que hoy ya está en evidencia. Por otro lado, la trama urbana vial, frágil y restrictiva por su diseño tipo damero, heredada de la fundación española, se enfrentaba con un nuevo sistema que implicaba apertura de nuevas avenidas, expropiaciones, cambios de barrios, era como ingresar un elefante en una cristalería con todos sus efectos colaterales.
El primer proyecto urbano, que se implementó por vía de la ley de concesiones fue la autopista Costanera Norte. Este proyecto fue obligado a someterse al Estudio de Impacto Ambiental después de un Recurso de Protección presentado por los habitantes de vastos territorios que serían dañados, entre ellos, el barrio Bellavista, la casa de Pablo Neruda, el Parque Metropolitano, La Vega, pequeños comerciantes, etc.
En este proceso, en el cual se obligó al Estado a informar y hacer participar a las comunidades impactadas por el proyecto se caracterizó siempre por la entrega de una información deficiente y sin clarificar todas las consecuencias posteriores a la ejecución de esta gran obra, Costanera Norte. En la medida que el proyecto se avaluaba económicamente por el MOP y los inversionistas, el primer trazado demoledor y costoso por expropiaciones, fue derivando en un segundo trazado ocupando el rio Mapocho.
En el proceso de EIA se fue adquiriendo breves conocimientos del perfil de la obra, pero a pesar de las múltiples observaciones técnicas realizadas por especialistas que apoyaron a la comunidades impactadas por el proyecto, la decisión política no cambio el nuevo rumbo. Las objeciones técnicas al proyecto, son hoy realidad como una autopista navegable, ya que siempre se supo que el agua en una crecida iba a ingresar a la vía, como también problemas de congestión en las puertas de entrada y salida a la autopista y la congestión al trazado colindante a la vía.
En aquella época, la ciudad estaba normaba por el Plan Regulador Metropolitano el cual establecía que bordeando el rio Mapocho existiría una vasta área verde que recorrería desde Pudahuel hasta Vitacura, área verde que se implementaría en ambos bordes para acoger las crecidas del Mapocho y proteger a los habitantes. Era el gran parque, escenario de recreación, área de captación de aguas lluvias. Sin embargo, la autopista cambio el trazado y los bordes del rio y la historia de este proyecto demuestra que fue en vano el trabajo de especialistas que alertaron de la ocupación de áreas que permitirían soportar crecidas del rio ya que la escueta normativa ni siquiera consideraba las crecidas de los 100 años .
Hoy, observando la inundación de la comuna de Providencia producida por el cambio de trazado del rio, gestado por particulares, surge la pregunta ¿Quién cuida el bien común en esta ciudad? Puede un particular sentirse dueño de intervenir un área que históricamente ha producido desastres a la ciudad de Santiago en pleno otoño? Puede un inspector dar observaciones de un proyecto en ejecución, el cual durante su obra afectara a miles de ciudadanos? Aquí algo está mal, nadie está resguardando lo vital: la vida .La respuesta está clara, no hay bien común, solo intereses particulares.
Para establecer la base del bien común, que es la protección de la vida, es vital normar el suelo y sus restricciones y establecer las bases sólidas para lo construible, un uso de suelo apto para vivir. Es aquí donde el Estado debe normar en forma vinculante, con prohibición de ocupación, las áreas sometidas a inundación, riesgo por crecidas, fallas geológicas .Estas áreas están estudiadas por los especialistas hace muchos años, pero no ha existido la voluntad política de normar su ocupación y uso de suelo. Fiel ejemplo es la falla San Ramón que todavía no tiene norma de ocupación de suelo. Con respecto a los ríos y sus áreas de inundación es vital que se reglamente en base a la crecida de los 100 años.
El cambio climático no permite improvisaciones por lo que el país necesita un gran cambio de responsabilidades ministeriales en el ordenamiento territorial. La legislación de concesiones otorga facultades que deben ser restringidas al bien social. Por otro lado los ciudadanos no pueden pasar en los tribunales ejerciendo su derecho de justicia para protegerse de los particulares y los ministerios por sus omisiones. El gran cambio, no puede venir de los intereses sectoriales que han normado nuestra ciudad sino de los ciudadanos que se empoderen de ella a través de plebiscitos, u otros medios para cautelar el bien común .El gran desafío y esperanza es usted para construir y acoger la vida.
+Arquitecta