La casta política en todas sus expresiones que van desde la UDI al partido socialista incluyendo el gobierno defiende la Ley de Pesca promulgada por el dúo Piñera/Longueira. Su argumento preferido es que jurídicamente no se puede anular una ley. Este argumento es falso y se emite a sabiendas o quizás – les concedo el beneficio a los menos – bajo la obnubilación de juicio de una ignorancia injustificada para quienes han hecho de la política una profesión.
Hernán Larraín de la UDI, José Auth, los “socialistas” Aleuy e Isabel Allende, el presidente de la DC Jorge Pizarro y el gobierno por la voz del Ministro de Economía hacen frente común para defender una Ley que bajo sobornos de parlamentarios consiguió entregar riquezas marinas por el valor de 10.000 millones de dólares a privados. En un hecho tan monumental como este la presidenta no dice nada; para ella debe bastar con leer la prensa.
Que siendo un país con 5.000 kilómetros de costa los chilenos tenemos que pagar precios exorbitantes por los productos del mar. Pero a ellos les da lo mismo.
Esta es la casta política
La Ley de Pesca regaló el mar de todos los chilenos a cinco familias. Para ello Piñera sacó al Ministro de Economía, que era partidario de licitar el mar pero que los privados pagaran al estado por la franquicia, y puso a Pablo Longueira, Este luego de aprobada la ley abandonó la política y no se le conoce trabajo o actividad conocida.
Por las siguientes razones se puede anular toda ley emanada con vicios de validez y especialmente cuando se trata de hechos delictuales:
1.- Todo acto jurídico debe cumplir requisitos de validez que son la capacidad, la voluntad exenta de vicios, la causa lícita y el objeto lícito. Esta ley tiene objeto ilícito pues dispone sobre una cosa como el mar que es propiedad de todos los hombres y está fuera del comercio humano. Hay causa ilícita pues lo que motiva su aprobación no es leal a saber y entender de los parlamentarios sino el enriquecimiento ilícito de los sobornados y sus sobornadores.
2.- Todo acto jurídico es susceptible de ser revisado y anulado si el ilegal. El Código Civil que es supletorio y vigente establece la sanción de nulidad para los actos faltos de requisitos de validez. Esa normativa es aplicable al derecho público en lo no normado. Nada ni nadie está por sobre la Ley.
3.- Los artículos 6 y 7 establecen la nulidad para los actos de toda autoridad que actúe fuera de sus competencias de manera ilegal o sin los procedimientos establecidos.
4.- Es inaceptable sostener que un acto tan significativo como dictar una ley no tiene posibilidad de ser revisado. Sería aceptar que si un grupo armado (Tejero lo hizo en España) secuestra al Congreso y lo hace dictar una nueva constitución esta tendría valor legal.
5.- Hay innumerables precedentes de anulación de leyes. Los propios gobiernos concertacionistas llevaron al Congreso la propuesta de anular la Ley de Amnistía. En Argentina y otros lugares se han anulado leyes ilegítimas.
6.- No defienden la legalidad cuando se oponen a anular. Aceptarían derogar la Ley de Pesca pues saben que por este último camino habría que pagar miles de millones de dólares, por lo cual es un camino impracticable. Es lo que la senadora Isabel Allende llama “perfeccionar”. La mentira compañera inseparable de la corrupción-
La casta política está defendiendo un robo monumental al patrimonio nacional, esto no puede continuar
ROBERTO AVILA TOLEDO
Abogado