Septiembre 21, 2024

Presentan acción de nulidad por expansión urbana por graves infracciones a la Ley de Medio Ambiente

La Federación Aérea de Chile ha presentado en Tribunales con fecha 22 de junio de 2011, una demanda de Nulidad de Derecho Público que será conocida por el 8º Juzgado Civil de Santiago, a fin de dejar sin efecto el cambio de uso de suelo de terrenos agrícolas establecidos en el Plano Regulador Metropolitano de Santiago PRMS, por las siguientes razones:

 

 

 a)      Infracción grave de la ley de Bases del Medio Ambiente, por cuanto el Ministerio de la Vivienda dejó de aplicar el procedimiento expresamente previsto en la ley denominado “Evaluación Ambiental Estratégica” como tampoco se realizó un Estudio de Impacto Ambiental.

b)      Son evidentes los efectos medioambientales que producirá el cambio de uso del suelo en aproximadamente 10.000 has. y la expansión del área metropolitana de Santiago. Estos efectos son principalmente la intervención en un área declarada como saturada, con graves riesgos para la salud de la población por la cantidad de efluentes, emisiones y residuos previstos y los efectos significativos en los recursos renovables que ello provocará. Se estima una densificación en aproximadamente 1.600.000 habitantes adicionales a la cuenca de Santiago, alteración que requiere los estudios exigidos por la ley.

 

c)      De acuerdo a lo indicado por los abogados de la Federación Aérea , el cambio aprobado hace menos de dos meses por el Gobierno Regional Metropolitano, libera un amplio territorio del área metropolitana de Santiago que anteriormente correspondía principalmente a terrenos agrícolas, a un uso intensivo habitacional con criterios inmobiliarios y de interés exclusivamente comercial, sin considerar las consecuencias ambientales para los habitantes de Santiago.

 

d)      La falta de un Estudio de Impacto Ambiental implica que dicha modificación se ha hecho a espaldas de la ciudadanía, sin la participación prevista en la ley y sin los estudios técnicos y científicos requeridos. El Estudio de Impacto Ambiental considera la participación activa de los interesados en un cambio que les afecta directamente, especialmente en su salud.

 

e)      En este sentido, la Federación Aérea ha llevado concretamente a la práctica la queja generalizada de la ciudadanía y de organizaciones que han manifestado su enérgico rechazo a la forma y el fondo en que se han tomado las decisiones por parte de la autoridad.

 

f)       La autoridad, a pesar de estar obligada legalmente, tampoco realizó la “Evaluación Ambiental Estratégica”, institución recientemente creada e incorporada a la ley 19.300, prevista específicamente para este tipo de proyectos de modificación de planes reguladores. Es decir, dejó de cumplir con la ley.

 

g)      Finalmente, el cambio aprobado por la Intendencia Regional Metropolitana, no contempla el área de protección prevista para el aeropuerto Los Cerrillos, el que a la fecha continúa siendo Infraestructura Aeronáutica en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago por cuanto la evaluación ambiental del cambio de uso de suelo del aeródromo, fue declarado nulo por los tribunales de justicia en sentencias de primera y segunda instancia.

 

h)      Todos estos antecedentes hacen que la modificación del plano regulador sea nulo de nulidad de Derecho Público lo que debe ser declarado por los tribunales de justicia.-

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