En la jornada de este martes la Comisión de Educación se ha abocado a la votación de las indicaciones al artículo 2º del proyecto de ley, que se refiere a las normas que prohíben el lucro, regulan a los sostenedores, los aportes por la vía de subvenciones y el copago, entre otras materias.
La comisión aprobó la indicación presentada por los diputados Fidel Espinoza (PS);Cristina Girardi (PPD), Rodrigo González (PPD); Giorgio Jackson (ind); Juan Morano (DC),Yasna Provoste (DC), Mario Venegas (DC) y Camila Vallejo (PC), que sanciona al administrador de un establecimiento educacional subvencionado o que reciba aportes permanentes del Estado, que haga mal uso de los fondos recibidos utilizándolos en fines diferentes a los educativos.
La sanción corresponderá a una multa a beneficio fiscal de cincuenta por ciento de dicho monto y el reintegro de los recursos mal usados. En caso de no completarse dicho reintegro, se aplicará la pena de presidio menor en su grado medio a máximo.
Asimismo, los legisladores aprobaron la indicación presentada por la diputada Yasna Provoste (DC), Giorgio Jackson (Ind), Fidel Espinoza (PS), Cristina Girardi (PPD) y Camila Vallejo (PC), que prohíbe el lucro en las Agencias Técnicas Educativas (Ates), estableciendo que en un plazo de dos años deberán constituirse como personas jurídicas sin fines de lucro. Además, aquellas agencias que presten servicios a establecimientos municipales deberán ser seleccionadas mediante un proceso de licitación.
Sobre esta norma, el presidente de la Comisión, diputado Mario Venegas, sostuvo que “era partidario que esto se trasladara para un momento en que reguláramos este tema más profundamente, porque tengo la íntima convicción que hay problemas serios en el uso de esos recursos”.
No obstante, señaló que la indicación aprobada, “nos pone en el corazón del tema del uso adecuado y efectivo para los fines que la propia ley establece de unos recursos que son significativos, miles y miles de millones de pesos, que nosotros destinamos a un fin: ayudar a los niños más vulnerables”, acotó.
Admisión y reglamentos
En la sesión del día lunes la comisión concluyó la votación del artículo 1º de la iniciativa que modifica normas sobre admisión en los establecimientos subvencionados.
En ese contexto, la instancia aprobó una indicación del gobierno que establece que en los colegios que están reconocidos por el Estado, no será impedimento para la continuidad del alumno o alumna en un establecimiento, el cambio en el estado civil de los padres. Dicha norma en la actual ley solo era aplicable a los colegios que recibían aporte estatal, sin embargo ahora se incluye también a los colegios particulares.
Asimismo, el gobierno logró la aprobación de la norma que establece que en los colegios subvencionados, en todos los niveles, no podrá ser causal de cancelación de matrícula el rendimiento escolar de los alumnos, que actualmente solo regulaba a los estudiantes entre pre kinder y sexto básico.
Además, en los colegios subvencionados o que reciben aportes del Estado, no podrá ser requisito de admisión, el rendimiento escolar del postulante ni los antecedentes socioeconómicos de la familia.