Con 83 votos a favor, 23 en contra y 3 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados dio su aprobación a las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley del Gobierno sobre calidad y equidad de la educación. En otras dos votaciones fueron aprobadas las disposiciones de quórum que incluye la iniciativa.
La iniciativa legal efectúa modificaciones al Estatuto Docente para fortalecer el rol de los directores de los establecimientos educacionales municipales y el ejercicio de la profesión docente. Asimismo, crea un nuevo sistema de selección de los directores de los establecimientos educacionales municipales y de los jefes de departamento de administración de educación municipal, entregándoles mayores atribuciones y autonomía, aumentando sus remuneraciones y las de los equipos directivos y técnico-pedagógicos.
Junto con ello, reforma otros cuerpos legales para incrementar la remuneración de los docentes en ejercicio mejor evaluados, crea un plan de incentivo al retiro y entrega mayores recursos a los municipios. Además, entrega un bono especial para los docentes jubilados que dedicaron su vida a la enseñanza y que actualmente tienen bajas pensiones.
Entre las principales materias que contempla el cuerpo legal se cuentan las siguientes:
– Se incrementan los sueldos y se entregan mayores atribuciones a los directores de los establecimientos educacionales municipales.
– Faculta a los directores del sector municipal para formar sus propios equipos de trabajo y se les permite desvincular hasta el 5% de los docentes mal evaluados.
– Permite a los profesores a contrata desempeñar funciones docentes directivas.
– Crea un nuevo sistema de selección de los Directores de los establecimientos educacionales municipales y de los Jefes de Departamento de Administración de Educación Municipal, sustituyendo el actual sistema por un concurso, a través de la Alta Dirección Pública Pedagógica.
– Los Directores y Jefes de Departamento de Administración de Educación Municipal, durarán 5 años en sus cargos, quienes al asumir, deberán suscribir un convenio de desempeño con el respectivo sostenedor, de carácter público, en el que deberán incluirse las metas anuales estratégicas de desempeño del cargo.
– Permite que profesionales no docentes puedan ejercer el cargo de Director de un establecimiento educacional y el de Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal.
– Consagra la causal de despido, sin sumario previo, por falta de probidad e incumplimiento graves de las obligaciones docentes.
– Modifica la ley N° 19.715, sobre Asignación de Excelencia Pedagógica, aumentando hasta en $ 150.000 mensuales las remuneraciones de los profesores. Tratándose de docentes que se desempeñen en colegios que reciben alumnos calificados como vulnerables, este incremento ascenderá a $ 210.000.
– Aumenta los recursos de los municipios, entregando $ 20.000 millones a ser distribuidos entre las municipalidades en el año 2011, desglosados de la siguiente manera: 20% en partes iguales; 30% en función de la vulnerabilidad de los alumnos, y 50% en función del número de alumnos. Adicionalmente, se entregarán $ 10.000 millones en el año 2012.
– Asimismo, a través del Programa de Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal, se entregarán otros $ 10.000 millones para los municipios.
– Aumenta en un 20% la subvención escolar preferencial por concentración de alumnos vulnerables.
– Incorpora a la enseñanza media, en forma gradual, a la percepción de la subvención escolar preferencial, de la subvención por concentración de alumnos prioritarios y de otros aportes establecidos en el proyecto de ley, a razón de un nivel por año, comenzando el año escolar 2014.
– Se establece un plan de retiro, por un monto de hasta $ 20 millones para los docentes que tengan un régimen de jornada semanal de 44 horas, decreciendo esta cifra dependiendo del número de horas que ejerza cada profesor.
– Entrega un bono especial para los docentes jubilados, cuyo monto dependerá de la suma de la pensión que recibe y de sus beneficios previsionales. Si recibe menos de $ 150.000, le corresponderá un bono de $ 2.000.000; si recibe entre $ 150.001 y $ 200.000, le corresponderá un bono de $ 1.500.000, y si percibe entre $ 200.001 y $250.000, le corresponderá un bono de $ 1.000.000.a