Impedirles el acceso a un Tribunal imparcial; mantener secreta la identidad de los Magistrados que adoptan las resoluciones; participar en la deliberación y resoluciones de la Sala mientras se halla recusado, e incluso sustituido por otro Magistrado; reiterada y continuada inobservancia del deber de abstención, a sabiendas de que concurre una de las causas legalmente previstas y ser constitutiva de FALTA MUY GRAVE; dilatar durante más de medio año el acceso al Pleno del Tribunal Supremo de las quejas de los recurrentes, son algunas de las irregularidades de D. Juan Saavedra Ruiz denunciadas el 19 de febrero de 2010 ante el órgano de gobierno de los jueces.
El Presidente de la Sala Penal ha bloqueado, de este modo, que un Tribunal imparcial se pronuncie sobre el recurso de las asociaciones contra el Auto de 12 de diciembre de 2008 de la Audiencia Nacional, que negó la competencia de ésta para investigar los crímenes del franquismo (sin decir qué Tribunal la tenía). En su recurso las asociaciones sostienen que la competencia corresponde a esa Audiencia.
El Presidente de la Sala Penal también mantiene paralizada la resolución por el Tribunal Supremo de la cuestión de competencia negativa planteada por los Juzgados de Instrucción de Granada y el Escorial, que entienden que la investigación de los crímenes del franquismo es competencia de la Audiencia Nacional. Ha negado a las asociaciones de víctimas el derecho a ser oídas en esta cuestión, lo que aquellas han recurrido ante el Tribunal Constitucional.
Mientras, avanzaba la causa abierta por la extrema derecha contra el Juez Baltasar Garzón por haber entendido éste, el 18 de octubre de 2008, que la competencia radica en la Audiencia Nacional.
Las asociaciones han denunciado a D. Juan Ruiz ante el Consejo General por haber deliberado y adoptado más de diez resoluciones después que fuera recusado el 18 de junio de 2009, inclusive después de que se formara la pieza separada correspondiente (6 de octubre de 2009), y también después que fuera sustituido por otro Magistrado; en febrero de 2010 inclusive ha adoptado una resolución que corresponde al Instructor del incidente de recusación. La Ley sanciona este incumplimiento del deber de abstención como “falta muy grave”, con la suspensión, traslado forzoso o separación del cargo.
El Presidente de la Sala Penal ha admitido ser parte en el procedimiento contra D. Baltasar Garzón al que fuera Partido Único entre 1937 y 1975, la Falange fascista. Y lo ha denegado a las asociaciones de víctimas de la Dictadura. Esta negativa ha sido recurrida en amparo ante el Tribunal Constitucional.
Las resoluciones, así como la denuncia ante el Consejo General, están publicadas íntegras en la sección ”España. Proceso a los crímenes de la Dictadura” de El Clarin.
El Presidente de la Sala Penal también mantiene paralizada la resolución por el Tribunal Supremo de la cuestión de competencia negativa planteada por los Juzgados de Instrucción de Granada y el Escorial, que entienden que la investigación de los crímenes del franquismo es competencia de la Audiencia Nacional. Ha negado a las asociaciones de víctimas el derecho a ser oídas en esta cuestión, lo que aquellas han recurrido ante el Tribunal Constitucional.
Mientras, avanzaba la causa abierta por la extrema derecha contra el Juez Baltasar Garzón por haber entendido éste, el 18 de octubre de 2008, que la competencia radica en la Audiencia Nacional.
Las asociaciones han denunciado a D. Juan Ruiz ante el Consejo General por haber deliberado y adoptado más de diez resoluciones después que fuera recusado el 18 de junio de 2009, inclusive después de que se formara la pieza separada correspondiente (6 de octubre de 2009), y también después que fuera sustituido por otro Magistrado; en febrero de 2010 inclusive ha adoptado una resolución que corresponde al Instructor del incidente de recusación. La Ley sanciona este incumplimiento del deber de abstención como “falta muy grave”, con la suspensión, traslado forzoso o separación del cargo.
El Presidente de la Sala Penal ha admitido ser parte en el procedimiento contra D. Baltasar Garzón al que fuera Partido Único entre 1937 y 1975, la Falange fascista. Y lo ha denegado a las asociaciones de víctimas de la Dictadura. Esta negativa ha sido recurrida en amparo ante el Tribunal Constitucional.
Las resoluciones, así como la denuncia ante el Consejo General, están publicadas íntegras en la sección ”España. Proceso a los crímenes de la Dictadura” de El Clarin.
