Diciembre 27, 2024

Corte de Arica deja sin efecto autorización otorgada por el SEA a Proyecto Los Pumas

La Corte de Apelaciones de Arica acogió los argumentos del Recurso de Protección escrito y patrocinado por la Corporación FIMA en representación del Consejo Autónomo Aymara, la Junta de Vigilancia del Río Lluta y otras organizaciones aymaras, quienes acudieron a la ONG al verse afectados por la autorización que el Servicio de Evaluación Ambiental de Arica y Parinacota otorgó para la instalación del Proyecto Los Pumas para la extracción de Manganeso.

 
En su fallo, los ministros reconocen que la autorización de la autoridad ambiental para la instalación del tranque de relaves, afecta la seguridad y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación de los vecinos. En la sentencia, también se admite que el Servicio otorgó la autorización en base a una normativa que no está vigente, y que las medidas propuestas por la empresa pueden terminar en la contaminación de las napas, afectando el derecho de propiedad de los habitantes quienes podrían ver afectada la ganadería y agricultura y que es su única fuente de sustento.
 
Era algo que esperábamos, especialmente después de que la misma corte hubiese declarado la paralización del proyecto hasta que se vieran los alegatos del recurso. Esperamos que ahora se establezcan las medidas necesarias para que este tipo de proyectos extractivos se vean obligados a cumplir con los estándares ambientales requeridos”, explicó Gabriela Burdiles, Directora de Proyectos de Corporación FIMA.
 
Por otra parte, en el fallo también se hace referencia a la inexistencia en el Estudio de Impacto Ambiental de los efectos que la intervención del tránsito de camiones de alto tonelaje tendría sobre la biodiversidad del Parque Nacional Lauca (Reserva de la Biósfera de la Unesco), el cual es una zona protegida y con especies únicas en el mundo como es la Yareta. La sentencia cita el escrito de los recurrentes señalando que esta intervención implicará “un impacto negativo de alta magnitud e importancia mayor no reversible, con un tiempo de duración de largo plazo y un tiempo de ocurrencia de corto plazo”.
 
Por último, la Corte está de acuerdo con que la cultura indígena corresponde a una forma de vida particular, siendo los recursos naturales parte de su cosmovisión. Es por esto, que los efectos del proyecto Los Pumas sobre la vertiente de Taapaca, que para el pueblo Aymará considera una entidad sagrada denominada UMA ya que es donde el agua se estrecha con la vida, afecta la garantía constitucional del derecho a la libertad de culto.

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