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Agosto 18, 2026

Con todo respeto: Asamblea Constituyente, ¿no será mucho?

Seamos realistas, pidamos lo imposible. Ahí está la frase de los estudiantes universitarios de París del mayo del ‘68, aquella fue la frase que recorrió todas las universidades de la época, empapando con su influjo las ciudades universitarias en que se ubicaba su poderoso significado, haciendo brotar cambios revolucionarios en el seno de sus sociedades.


Revolución que de diferentes formas fue siendo abortada, pero que sigue teniendo efectos sobre la historia política que la sobrevive, definiendo la acción y las palabras que la constituye. Nuestra Historia no estuvo ni está ajena a ese fenómeno.

En esta tribuna he abordado desde diferentes ángulos lo determinante que ha sido la Constitución Política del 80 y sus sucesivas modificaciones para excluir a gran parte de la sociedad de las decisiones políticas que se dan en su seno. Los resultados están a la vista, no es el caso comentarlos: El pueblo ha perdido en el más amplio sentido de la palabra, de verdad, en todos los sentidos que puede abarcar la palabra perder, y la palabra pueblo. 
  
  
Es un contrasentido que una Constitución Política que hace alarde de ser democrática, establezca en uno de sus principales artículos que la soberanía radica en el pueblo, pero después, en la forma de ejercer esa soberanía, la condicione de tal manera mediante altísimo quórum, que es imposible modificarla justamente mediante la forma definida, vale decir en el quórum que es de 2/3 o el 66% de los senadores y diputados en ejercicio. He aquí la madre del cordero. 


Hemos señalado que todas las reformas a la Constitución Política que se han hecho con el acuerdo de la Concertación y la Derecha, han sido modificaciones “cosméticas”, puesto que continúa siendo esta inmodificable. Todas excepto la primera, que se modificó mediante plebiscito el día 30 de Julio de 1989, poco después del mítico triunfo del NO. 
  
 En esa ocasión no fue cosmético el cambio, la reforma nº 49 fue un cambio profundo, perfeccionó su rigidez, dándole el sello definitivo a su inmodificación, petrificándose. En efecto, la cúpula concertacionista, sí, la de aquellas figuras que aparecen como campeones de la democracia, como los padres de la patria de la transición permanente que nunca llega a su término, concordaron (en el artículo 116) con elevar el quórum del 60% (3/5) que tenía originalmente, al 66% (2/3) que fue aprobado mediante la única reforma plebiscitada que ha existido. 
  
  
De modo que veo necesario sacar lecciones de los históricos hechos, el punto es el artículo 116, ahí está radicado todo. Lo único que hay que cambiar, es que todos los capítulos de la constitución se pueden cambiar por la voluntad mayoritaria absoluta de los ciudadanos, únicos depositarios de la soberanía, es decir, por más del 50% de los diputados y senadores en ejercicio. 
  
  
Ciertamente que hablar de Asamblea Constituyente suena bonito, pero dentro de pedir lo imposible, yo me inclino por una opción más clara: el artículo 116 debe ser modificado esta vez en forma positiva, es decir, en favor de la democracia, en favor del pueblo de Chile. Sólo eso basta. 
  
  
No se crea que esta modificación quirúrgica resultará tan fácil hacerla, es tan imposible como la pretendida Asamblea Constituyente, sólo que al ser un punto solamente en discusión, es muchísimo más fácil ponerse de acuerdo entre los propulsores de esta reforma, que deberá llevarse a cabo -de acuerdo a la conformación actual del parlamento-, no mediante la voluntad de los honorables, si no que de acuerdo a la voluntad de los ciudadanos mediante un plebiscito. 
  
  
La tarea es vincular un hecho eleccionario previsto con la aprobación del cambio propuesto para dicho artículo. 
  
  
Seguro que muchos ya están gritando que son muchas las cosas que tiene de malo la Constitución de Pinochet, y que en consecuencia hay que botarla al tarro de la basura y llamar al pueblo a constituir la verdadera democracia. De acuerdo, pero vayamos por pasos: primero abramos la cerradura con la única llave que veo posible, la modificación del artículo 116. 
  
  
Confiemos en la voluntad popular, ¿no es eso acaso lo que nos importa?. Ya habrá tiempo y calma para sentarnos a redactar constituciones, una vez que abramos la puerta. 
  
  
 Consideremos que en una asamblea constituyente en que esté en juego una nueva Constitución Política con muchos artículos a disposición del público elector, se podrían cruzar las opiniones, se podría entrampar la voluntad común. 
  
  
La experiencia indica que solamente la Derecha tiene la virtud de ponerse de acuerdo con rapidez, y acertadamente. El mundo democrático, el que verdaderamente cree en el veredicto de la mayoría, por lo general es dado a resaltar las diferencias, a anteponer particulares visiones de sus mundos a lo medular o principal puesto en el trance de la decisión. 
  
  
Consideremos que también se puede perder, que la antigua constitución puede ganar, sobre todo si no hay claridad y acuerdo. 
 
La decisión de impulsar esta reforma debe nacer con fuerza de los hombres que van a encarnar la próxima lucha electoral, debe ser unánime la propuesta de cambio, de vincular la reforma en cuestión a la voluntad de la mayoría en el acto eleccionario en curso. 
 
Es por esa razón, que tengo la esperanza que la contienda se dé a tres bandas, en que sea necesaria una segunda vuelta. Ese trance de la segunda vuelta, sería el momento propicio para vincularlo a la reforma de un artículo de la Constitución, para definir a los pretendientes al sillón, en su voluntad expresa de terminar con la exclusión, el binominal y otras frases que sobreviven en la ambigüedad de la rutina política, en tiempos no eleccionarios.
 
 
 
Atte.
 
René Dintrans.
 
 
 
erredintrans@yahoo.es