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Agosto 18, 2026

Cámara aprobó proyecto de reforma provisional

Valparaíso.- Luego de un exhaustivo debate que se inició ayer en la tarde, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Reforma Previsional que, entre otros puntos, establece una Pensión Básica Solidaria de 75 mil pesos. Asimismo, se autoriza a los bancos y a las compañías de seguros a tener compañías filiales que administren los Fondos de Pensiones; y se consigna como una falta grave al principio de probidad administrativa el incumplimiento de la obligación de los alcaldes de efectuar aportes previsionales.

Otra disposición establece que la remuneración mínima imponible para trabajadores de casa particular no podrá ser inferior a un ingreso mínimo mensual, para el caso de jornada completa o proporcional.


El texto, que en el Senado cumplirá su segundo trámite constitucional, fue aprobado, en general, por 107 votos. La iniciativa (Boletín 4742) crea un Sistema de Pensiones Solidarias (SPS), o Sistema Solidario, que será financiado con recursos del Estado.

Mediante este sistema se otorgarán beneficios de pensiones básicas solidarias de vejez e invalidez y aportes previsionales solidarios en el mismo ámbito.

Requisitos

La pensión básica solidaria de vejez, de 75 mil pesos, podrán obtenerla las personas que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional y que hayan cumplido 65 años de edad; que integren un grupo familiar perteneciente al 60 % más pobre de la población y, que acrediten residencia en Chile por un lapso no inferior a 20 años continuos o discontinuos, contados desde que el peticionario haya cumplido 20 años de edad.

El valor de la pensión máxima con aporte solidario será de 200 mil pesos a contar del 1 de julio de 2012.

La pensión básica solidaria de invalidez será para las personas sin derecho a previsión que sean declaradas inválidas; que tengan entre 18 y 65 años; y que acrediten residencia en Chile por un lapso no inferior a 5 años continuos.

Los beneficios que otorga el Sistema Solidario se extinguirán – entre otras causas – por el fallecimiento del beneficiario; por haber dejado de cumplir alguno de los requisitos, o por no cobrar durante 6 meses continuos.

Los trabajadores que se pensionen y que ejercían labores calificadas como pesadas y que reciban una pensión o suma de pensiones del sistema de capitalización individual, de un monto inferior a la pensión básica, tendrán derecho a un complemento que les permita alcanzar los $75 mil.

Normas rechazadas

Sin embargo, por 58 votos a favor, 48 en contra y 1 abstención, la Cámara rechazó que la administración del Sistema Solidario sea administrado por el Instituto de Previsión Social, uno de los nuevos organismos que crea este proyecto dentro de la institucionalidad previsional.

Otra disposición rechazada, por no alcanzar el quórum necesario, de 59 votos afirmativos, fue la que indicaba que la pensión básica solidaria de vejez e invalidez estaría afecta a la cotización del 7% para salud, a excepción de los beneficiarios carentes de recursos. Esta norma recibió una votación de 58 votos afirmativos y 49 negativos.

Organismos Públicos del Sistema de Previsión Social

La iniciativa legal establece que los organismos públicos que tendrán la principal responsabilidad del sistema de previsión social serán: el Ministerio del Trabajo; la Subsecretaría de Previsión Social; la Superintendencia de Pensiones; la Superintendencia de Seguridad Social; el Instituto de Previsión Social y el Instituto de Seguridad Laboral.