Y respecto de este último punto, el tema de las salvaguardias ha sido controversialmente tratado a nivel internacional. Ya que la totalidad de las reclamaciones de los países afectados por la decisión de la salvaguardia, han sido acogidas por este organismo internacional, declarándolas incompatibles con el “acuerdo de salvaguardias”, legislación internacional aplicable al respecto y recomendándole a la parte infractora que se ciña estrictamente a dicho acuerdo. Por ello, debe analizarse caso a caso cada situación, ya que resulta difícil establecer un criterio interpretativo general sobre el tema.
Porque siempre vale la pena defender lo que uno quiere de verdad. Lo que uno se construyó en base a sueños e ilusiones. Defender a quienes por los cuales uno siente, simplemente la necesidad de vivir y de luchar.Este tema, lejos de terminar, esta recién empezando. La institución de la salvaguardia, aún cuando es una medida legítimamente permitida, respecto de ella existe una carencia de uniformidad interpretativa, lo que abre distintos flancos de impugnación especialmente a nivel internacional, en temas relativos a la relación de causalidad, proporcionalidad de la medida y el efectivo daño provocado.
Sin perjuicio de todo eso, nuestro país cuenta con la capacidad histórica, profesional y técnica para defender su establecimiento ante los organismos internacionales competentes.
Enrique Alejandro Carrillo Fierro
Abogado P.U.C.V
Magíster en Derecho de la Empresa P.U.C
enrique_carrillo_fierro@yahoo.es
