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Agosto 18, 2026

NO a los plebiscitos comunales

En nuestro país se habla mucho de participación ciudadana y los políticos de todos los sectores dicen ser acérrimos impulsores de ella porque así se legitiman las políticas públicas que impulsan los gobiernos y las propias leyes que se aprueban en el Congreso Nacional. Dicen que en donde más se debe aplicar una efectiva participación de los ciudadanos es en los niveles locales, es decir, en las comunas.

En la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades se contemplan los plebiscitos comunales para zanjar situaciones relativas a inversiones de desarrollo, modificaciones a los planes reguladores y otras tantas que tengan que ver con la competencia municipal. Tales actos democráticos pueden ser de iniciativa del alcalde, con acuerdo del concejo, a requerimiento de los 2/3 de dicho cuerpo colegiado o por decisión de los ciudadanos inscriptos en los registros electorales de la comuna.
 
Cuando la ciudadanía desea plebiscitar una materia determinada, deberá juntar el 10% de las firmas ante notario de aquellos inscriptos al 31 de Diciembre del año anterior al del acto electoral y para que su resultado sea vinculante para la autoridad, deberán votar en él más del 50% de los registrados. No podrá convocarse a plebiscito comunal durante el período comprendido entre los 8 meses anteriores y los 2 meses siguientes a cualquier elección popular, como tampoco dentro del mismo año en que haya elecciones municipales ni sobre un mismo tema más de una vez durante el período alcaldicio.
 
Además se ha establecido que la eventual convocatoria a plebiscito nacional como la elección extraordinaria de Presidente de la República, suspenderá los plazos de realización de los plebiscitos comunales, hasta la proclamación de sus resultados por el Tribunal Calificador de Elecciones. Con respecto a estas dos circunstancias, estamos ciertos que no aplican en la práctica, ya que no existe voluntad política para lo primero y será muy difícil lo segundo, porque nuestros primeros mandatarios siempre han tenido muy buena salud.
 
Ahora bien, a pesar de que en algunos períodos se han podido llevar a cabo estos plebiscitos comunales, nunca se han realizado, porque los alcaldes en general no son lo suficientemente abiertos para llamar a la ciudadanía con respecto a materias conflictivas. Tenemos un vago recuerdo de lo acontecido con una engorrosa situación en la comuna de La Reina, con ocasión de un proyecto vial municipal que dividió el área verde Parque Intercomunal, iniciativa rechazada por un alto porcentaje de los vecinos, quienes se articularon bien y lograron más del 10% de las firmas para que se llamara a plebiscito. El alcalde de la época, un conocido arquitecto, no lo aceptó y los vecinos no pudieron confrontar posiciones en un acto electoral libre e informado.
 
En la actualidad y con motivo de las permisivas regulaciones urbanísticas vigentes en casi todas las comunas, los vecinos se están organizando para hacer valer sus legítimos derechos y a pesar de que está abierto el camino para convocar a plebiscito, ello no ha sido posible porque es muy complicado obtener las firmas ante notario del 10% de los ciudadanos  registrados en el servicio electoral. Por ello y para simplificar el llamado a plebiscito comunal, algunos diputados, que sí creen en la participación ciudadana de verdad, presentaron un proyecto de ley para facilitar la convocatoria a tales ejercicios democráticos. Quien llevó la batuta fue el diputado regionalista Esteban Valenzuela.
 
Se trataba sólo de reducir ese 10% de firmas al 5%, con lo cual iba a ser más expedito el proceso de juntarlas y por ello las organizaciones de la sociedad civil estaban ansiosas de conocer el resultado de la votación por parte de sus representantes en la Cámara de Diputados.
 
El jueves 7 de Septiembre recién pasado se votó este importante proyecto en la sala y los parlamentarios lo rechazaron porque no se obtuvieron los votos favorables necesarios para este tipo de Ley. Aunque el lector no lo crea, algunos diputados de la Concertación, aliados con sus colegas de la UDI y RN, también se opusieron a simplificar el llamado a plebiscito en las comunas. El resultado de la votación fue 61 votos a favor, 9 en contra y 10 abstenciones, teniéndose en cuenta que 40 honorables brillaron por su ausencia.
 
En resumen, la Cámara de Diputados, a través de la ausencia del 33% de sus miembros y de los votos negativos y de abstención de quienes dieron la cara, dijo no a la facilidad para que en las comunas puedan existir los plebiscitos.    
 
  

Patricio Herman P.
Agrupación “Defendamos la Ciudad”