Noviembre 23, 2024

El futuro de Chile en manos del Senado: semana clave para rechazar el TPP-11

 

 

El Senado de Chile comienza la semana próxima la discusión del Tratado Transpacífico TPP y  tiene la oportunidad de demostrar que analizará los alcances del tratado con más seriedad y profundidad que la Cámara de Diputados. Esa cámara ya lo aprobó, pero la voz de las organizaciones sociales sólo la escucharon tres de sus comisiones –Relaciones Exteriores, Agricultura y Trabajo – tras lo cual dos de ellas votaron en contra del TPP. La UDI logró impedir el debate en las comisiones de Salud, Medio Ambiente y Derechos Humanos, áreas en que hay graves afectaciones. Ahora, los 43 senadores por primera vez se enfrentarán a un tratado que llega con sólo 77 votos a favor,  67 votos en contra y 2 abstenciones. Es evidente el rechazo,  empujado por un nuevo movimiento social que entiende este tratado como un candado para sus luchas y una afrenta a la soberanía del país. En un país donde la legitimidad del Congreso está en tela de juicio, es necesario observar con detención el rol del Senado y el ejercicio de sus prerrogativas.  Las más diversas organizaciones sociales de todo el país han abrazado en forma creciente el No al TPP, en cambio el gobierno para su aprobación ni siquiera cuenta hoy con el apoyo de la ex Nueva Mayoría. Piñera, su canciller Ampuero y la DIRECON han debido salir en patética defensa del liderazgo del ex canciller Heraldo Muñoz e incluso de Bachelet.

 

 

 

 

El Plop del TPP y el freezing de leyes

 

 

 

Años de secretismo y silencio mediático se derrumban con estruendo al abrirse la discusión de los 30 capítulos del tratado, que con sus anexos y cartas laterales suman más de 6.000 páginas. A ellas  se les restan 20 suspensiones que pueden ser repuestas si vuelve Estados Unidos u otro país lo solicita, en un proceso sin duda aun más rápido que la discusión actual. La Plataforma Chile Mejor sin TLC lleva más de 5 años estudiando el TPP y organizando la resistencia, y ahora es testigo del estupor de ciudadanos, organizaciones e incluso parlamentarios que se enteran recién de lo que significaría para el país la aprobación de este tratado.  En rigor tendríamos un parlamento simbólico pues los verdaderos legisladores serán los representantes de los países miembros del TPP. No pensaron en eso los senadores cuando organizaron hace poco el llamado “Congreso del Futuro”.

 

 

 

El TPP establece comités permanentes de vigilancia que ponen en un congelador  la legislación actual y le plantan un candado a las luchas por No Más AFP, por recuperación del agua y  salud para los pueblos y por el fin de la privatización de la semilla asociada al UPOV91. El gobierno argumenta que el tratado resguarda el derecho del país a legislar en materias ambientales, de salud o emergencias pero omite que las supuestas salvaguardas van seguidas siempre de una frase como  “en la medida que no sea incompatible con los contenidos de este tratado” o se anulan  en otro capítulo. Por ejemplo, en el tema transgénicos, el  artículo 27.2 del capítulo 2 dice que no hay obligación de cambiar disposiciones internas sobre biotecnología. Pero  en el capítulo 26, Chile se obliga a armonizar todas las leyes de los países miembros en un proceso permanente, y en el Capítulo 8 se compromete a eliminar los “obstáculos técnicos innecesarios al comercio”  de lo que se puede concluir que las regulaciones vigentes, que no autorizan los cultivos transgénicos para el mercado interno, pueden  ser consideradas como obstáculos al comercio y ser levantadas. Ello implica un riesgo para la salud puesto que esos cultivos requieren el uso de plaguicidas cancerígenos como el glifosato (Roundup) u otros altamente peligrosos. Por otra parte, el Capítulo 7 establece que para aplicar medidas como prohibiciones de plaguicidas  sólo se aceptará la información basada en la “ciencia” lo cual descarta el principio de precaución aceptado en la Unión Europea, socio comercial de Chile e invocado en el Tratado de Estocolmo del cual  Chile es miembro. Eso impide aplicar políticas públicas orientadas a prevenir el cáncer (segunda causal de muerte en el país)  o las malformaciones congénitas (de gran prevalencia en zonas de la agroindustria), porque el capítulo en cuestión prioriza por” la viabilidad técnica y económica” de cualquier medida, por sobre el riesgo.

 

 

 

Tribunales internacionales y la OIT

 

 

 

Se acabaría con el TPP la “judicialización” por conflictos con transnacionales en Chile. En la Corte Suprema y los tribunales ambientales se litigarían sólo  temas de otro orden. Porque los inversores extranjeros no recurrirán al poder judicial nacional cuando quieran demandar exigiendo –como contempla el tratado- que se cumplan sus expectativas de ganancia.  Concluimos que las grandes reformas en salud, jubilaciones, agua, serían imposibles porque serán consideradas expropiatorias por los dueños de las AFP, las mineras, las hidroeléctricas, las farmacéuticas o la agroindustria que han sido los verdaderos redactores del tratado.

 

 

 

Según el artículo 8.1 del Capítulo 9, esos cambios serían expropiaciones “indirectas” y el artículo siguiente, 8.2 establece que  la indemnización se debería pagar de inmediato y al valor del mercado.  Si no se paga, la transnacional puede recurrir a presentar demandas millonarias de compensación en tribunales extranjeros  (capítulo 28) cuyos fallos son inapelables. Ese tipo de tribunales sólo enjuician a Estados. Chile no podría contrademandar por daño ambiental.

 

 

 

El gobierno cita en su defensa el artículo 16 contenido en el Capítulo 9, sobre el derecho de los Estados a regular sobre protección a la salud, seguridad, medioambiente, protección social y protección al consumidor o la diversidad cultural.  Pero omite que ese mismo artículo 16 concluye diciendo “Nada de lo dispuesto se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar, mantener o hacer cualquier medida que sea compatible con este capítulo.”   Por otra parte, las corporaciones pueden demandar a Chile no sólo por estos grandes cambios, sino pueden invocar el ya citado Capítulo 26, de Coherencia Regulatoria si es que se adoptó una política pública que no les fue consultada previamente como lo establece el artículo 2 de ese capítulo.

 

 

 

La omisión de Consulta Indígena obligatoria según el Convenio 169 de la OIT es, finalmente una “papa caliente” que llega con el acelerado envío al Senado del TPP por la Cámara de Diputados a escasos minutos de su aprobación. Tres veces debió aplazarse la votación en la Cámara, y la primera vez fue tras el impacto de una maciza delegación de pueblos originarios reclamando por la omisión de la Consulta Indígena. Ahora el Senado debe responder.

 

 

 

 

 

 

Por Lucía Sepúlveda Ruiz

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