El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de La Serena, Vicente Hormazábal Abarzúa, dictó auto de procesamiento en contra de los oficiales en retiro del Ejército Juan Emilio Cheyre Espinosa, Ariosto Alberto Francisco Lapostol Orrego, Jaime Manuel Ojeda Torrent y Mario Emilio Larenas Carmona, en calidad de autores del delito de aplicación de tormentos a detenidos en el Regimiento Arica, en 1973.
En la resolución, el ministro Hormazábal ordenó a la Brigada Investigadora de Delitos contra los Derechos Humanos de la PDI la aprehensión de los procesados y su ingreso en el Regimiento de Policía Militar N° 1 de Santiago, con la excepción de Lapostol Orrego, quien "atendida su avanzada edad" deberá permanecer con arresto domiciliario total.
En la resolución, el ministro en visita sindica a los exaltos oficiales del Ejército Lapostol Orrego y Cheyre Espinosa como responsables de las torturas aplicadas a los detenidos: Nicolás Gabriel Barrantes Alcayaga, Edmundo del Carmen Castillo Salinas, Nelson Geraldo Rodríguez Santander, Luis Alberto Valenzuela Álvarez, Nelson Juan Montecinos Silva, Juan Eliseo González Herrera, Amador Hernán Muñoz Silva, Salvador del Carmen Arcos Vergara, Nicolás Emilio Fuentes Rivera, Benjamín Bladimiro Ángel Castillo, Óscar Lindor Olivares Vásquez, Hugo Manuel Toledo Pérez, Óscar Rubén Carvajal Gallardo, Nibaldo Ivar Pastén Vega, María Valentina Gálvez Villarroel, Luis Leopoldo Ravanal Martínez, Wilfredo Montecinos Silva, Jorge Eduardo Cortés León, Amilcar Francisco Rojas Bugueño, José Elizardo Castro Márquez, María Cecilia Marchant Rubilar, Luis Víctor Hugo Rojas Aguirre, Rodrigo Segundo Valenzuela Álvarez y Adán Cruces Cruces. Ilícitos cometidos entre el 11 de septiembre y el 25 de noviembre de 1973.
En tanto, Ojeda Torrent fue procesado como autor de los tormentos aplicados a los detenidos Benjamín Bladimiro Ángel Castillo y Juan Eliseo González Herrera; y Larenas Carmona, como autor de aplicación de tomentos contra Adán Cruces Cruces.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Hormazábal logró establecer, entre otros hechos, que: "(…) al interior del Regimiento Militar se dispuso que la Sección II, que hasta antes del 11 de septiembre de 1973 era comandada por el capitán Polanco Gallardo, participara en las investigaciones, interrogatorios y torturas correspondientes a los distintos detenidos. Esta sección, durante la ausencia de ese capitán -entre el 10 de septiembre y el 25 de noviembre de noviembre del mismo año- funcionó, desde el 11 de septiembre de 1973, con personal clases (…), además de personal de reserva que se incorporó en los días siguientes, y la oficialidad que permaneció en el Regimiento, todos ellos al mando del comandante del Regimiento (Lapostol), en coordinación con su ayudante, el teniente Juan Emilio Cheyre Espinosa, quien, a decir de varios miembros del Regimiento y de la misma Sección II, quedó a cargo de esta y es sindicado por varios denunciantes como autor directo de los interrogatorios y torturas".