Tras indultar a tres reos, entre ellos un militar condenado por crímenes de lesa humanidad, el Ejecutivo pretende legislar para dotar a los tribunales de justicia de la capacidad de conmutar las penas a otros reos en similar situación. Tanto el indulto presidencial como la ley anunciada contravienen instrumentos jurídicos internacionales suscritos por el Estado chileno y el argumento ‘humanitario’ no se sostiene al tenor de la realidad.
Oculto entre las sombres de la medianoche, el Ejecutivo indultó a tres reos con enfermedades terminales, uno de los cuales no merecía tal beneficio en razón de los crímenes de lesa humanidad que cometió y por los que fue condenado. A esta sorpresa, el gobierno sumó el anuncio del envío al parlamento -en fecha indeterminada- de un proyecto de ley, apodado ‘ley humanitaria’, que entregaría a los tribunales la posibilidad de conmutar las penas a reos con enfermedades catastróficas, hubiesen cometido un delito común o crímenes indescriptibles como los perpetrados por el ex coronel René Cardemil, uno de los tres indultados por el presidente Sebastián Piñera.
Diversos expertos en derechos humanos han señalado que tanto el indulto presidencial o el que pudieran otorgar los tribunales a criminales de lesa humanidad se contrapone con principios básicos presentes en los instrumentos internacionales que el Estado chileno ha suscrito y por tanto incorporado al derecho nacional. Entre ellos la obligación ineludible para el Estado de castigar estos delitos, con penas efectivas y concordantes con su gravedad, como lo plantea el Estatuto de Roma. Desde este punto de vista no cabe entregar beneficios a criminales de lesa humanidad, más aún cuando su carácter ‘humanitario’ se basa en la ficción de que carecen de atención médica y de que fallecen abandonados en celdas, recintos carcelarios y atenciones hospitalarias sin condiciones adecuadas para tratar sus dolencias.
Lo que, sin duda, queda claro para todos es que los reos de Punta Peuco con enfermedades terminales han fallecido y fallecen en los hospitales institucionales, igual como les ocurre a miles de ciudadanos de este país que mueren en un recinto donde se les entrega asistencia y cuidados que los hogares no pueden otorgar. Así ocurrió en agosto de 2015 con Manuel Contreras, quien falleció en el Hospital Militar y luego, en septiembre de ese mismo año, con su lugarteniente y jefe del ex cuartel Terranova (Villa Grimaldi), Marcelo Moren Brito. Así también aconteció con el brutal torturador Basclay Zapata y el ahora indultado Cardemil, asesino despiadado que desde su lecho de enfermo en el Hospital Militar tuvo el mal gusto de filmar un video donde califica de ‘salvajes’ a las víctimas que demandan justicia para las violaciones a los derechos humanos como las que él cometió.
El tardío indulto al ex coronel Cardemil, un asesino reconocido de mujeres embarazadas, y la iniciativa en torno a la denominada ‘ley humanitaria’ preocupan a las organizaciones de derechos humanos y sitios de memoria. Aparece como un nuevo intento del Estado de Chile de eludir sus obligaciones en materia de justicia y reparación.
En este nuevo episodio, se busca homologar delitos comunes con violaciones aberrantes a los derechos humanos y poner en un mismo plano a delincuentes comunes con secuestradores, torturadores y asesinos crueles e implacables, restando así gravedad a los crímenes del terrorismo de Estado. Tal pretensión no se puede permitir y cabe reiterar el rechazo a los beneficios carcelarios y de indultos para este tipo de personajes, lo que no es obstáculo para que reciban la atención médica adecuada y un trato digno como persona privada de libertad, como deben y debieran tener todos los reos de este país.
Cristián Castillo Echeverría
Vicepresidente
Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi