Noviembre 15, 2024

Opositores a central Mediterráneo en Puelo denuncian que petición de la empresa es improcedente

Opositores al proyecto hidroeléctrico Mediterráneo presentaron sus argumentos ante el Tercer Tribunal Ambiental, en contra de la Solicitud de Aclaración ingresada por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), a petición de la empresa Mediterráneo S.A.

 

Los opositores acusan a la empresa de forzar un nuevo pronunciamiento del Tribunal Ambiental,  y argumentan que el fallo del 2017 ya declaró la anulación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del megaproyecto, decisión que fue ratificada por la Corte Suprema el mismo año.

 

La central hidroeléctrica Mediterráneo, que pretende entubar el 90% del caudal del río Manso en la comuna de Cochamó, tiene entre sus inversionistas a los empresarios José Cox, Ricardo Bachelet, Roberto Hagemann, Juan Pablo Bolocco, Fernando Elgueta, Ignacio Guerrero y Alejandro Artus. El proyecto obtuvo su Resolución de Calificación Ambiental el año 2014, permiso que fue anulado por deficiencias en su línea de base, específicamente por la falta de consulta indígena, según el fallo dictado por el Tercer Tribunal Ambiental y la Corte Suprema el año 2017. El escrito presentado por el SEA la semana pasada cuestiona dicho fallo con el objetivo de retrotraer el proceso, hecho que la comunidad catalogó de infundado.

 

En los escritos presentados por los abogados de la comunidad, se explica que el error está en la línea base del proyecto y que no hay forma de retrotraer la anulación de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA). “La sentencia del Tercer Tribunal Ambiental y la Corte Suprema son claras en señalar que lo que se deja sin efecto es la RCA y la resolución del Comité de Ministros, que son respectivamente los actos terminales de la evaluación ambiental. Si falta la línea base quiere decir que el proyecto está mal hecho desde su inicio y que se debiera volver a hacer. Lo que pretende la empresa es que el tribunal les diga el punto hasta el cuál puede retrotraerse el procedimiento de evaluación ambiental y esto no tiene ningún sentido”, explicó Diego Lillo, abogado de la fiscalía del Medio Ambiente (FIMA). á ﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽unal les diga cuancia  se debiera volver a hacer, lo que pretenden ellos entonces es que el tribunal les diga cuancia

 

La deficiencia del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto por el componente antropológico tuvo como consecuencia la anulación del permiso ambiental de la empresa, cuestión que no se puede subsanar según explicó Sergio Millamán, abogado de la Comunidad Domingo Cayún Panicheo. “El fallo no implica solamente la nulidad de la RCA si no que de todo el proceso que es previo. Se produjo un  importante vicio de la línea de base respecto del medio humano y los deficientes informes antropológicos, que no permitieron determinar los verdaderos impactos a la población, en este caso al pueblo mapuche que existe en el sector donde está emplazado el proyecto Mediterráneo. Eso necesariamente implica que el proyecto vuelve a foja cero. La empresa pretende retrotraer aquellas partes donde, eventualmente, se pueden subsanar esas nulidades.”

 

 

Por último la abogada Macarena Soler, representante de un grupo de reclamantes de la comunidad, fue categórica al señalar que “la falta de certeza jurídica daña la institucionalidad ambiental” y explicó que la ley ambiental ordena que todo proyecto que no se hace cargo de sus impactos sean rechazados. “El SEA está convirtiendo el procedimiento en una trampa circular que en nada beneficia ni a los inversionistas del proyecto, ni a las personas de la comunidad, ni a los interesados en la protección del lugar. No hay razón para dar nuevas oportunidades a un mal proyecto luego de un pronunciamiento del máximo tribunal ambiental”.

 

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