Diciembre 8, 2024

Tribunal de Puerto Montt condenó a carabinero por violación reiterada a menor de edad

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó este miércoles a Raúl Enrique Mujica López, cabo segundo de carabineros, a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de violación de menor de 14 años de edad. Ilícito perpetrado entre 2015 y 2016, en la comuna de Calbuco.
 
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Patricia Miranda (presidenta), José Bustos (redactor) y Andrés Villagra– aplicó, además, a Mujica López las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
 
Además, el condenado deberá cumplir con las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad; la inhabilitación absoluta temporal para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, y la prohibición de aproximarse a la víctima, visitar el domicilio, lugar de trabajo o el establecimiento educacional de la ofendida. Todas durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena privativa de libertad.
 
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
 
Fallo que dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre el 7 de noviembre de 2015 y el 29 de mayo de 2016, en diferentes ocasiones y lugares de la localidad de Pargua, en la comuna de Calbuco, Raúl Mujica López –cabo segundo de Carabineros de la dotación del retén Pargua, al momento de los hechos–, y en conocimiento de que la víctima era menor de 14 años, la accedió carnalmente.
 
Decisión adoptada con la prevención de la magistrada Patricia Miranda, quien estuvo por no acoger la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos.

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