Diciembre 11, 2024

La institucionalidad del PS y el alcalde Aguilera

La libertad de expresión es un pilar fundamental de toda sociedad democrática. Su límite consiste en que su ejercicio no tenga como propósito doloso el menoscabo, deshonra o agravio de otro. Una opinión de mala fe (a sabiendas de la falsedad) imputando a otro un ilícito no cometido o buscando la destrucción de su imagen es un delito muy grave. Desde el código de Hamurabi al derecho de los mapuches lo contemplan como un delito pues puede conmover y alterar a toda la sociedad. Nuestra legislación también lo sanciona pero con penas bastante pequeñas.

 

 

Las opiniones, nos referimos ahora a las simplemente erróneas (sin dolo), sobre todo cuando se trata del actuar político, pueden ser muy diversas y deben respetarse. La libertad de expresión es precisamente escuchar lo que uno no quiere decía Rosa Luxemburgo.

La sanción social para las opiniones erróneas la da la propia vida social haciendo perder credibilidad a quienes las emiten. Una opinión  errónea es una percepción equivocada de la realidad. Determinar lo acertado de lo erróneo puede ser muy difícil sino imposible en el ámbito de lo político, sobre todo cuando se trata de valorar. Que es un buen o un mal gobierno?.

Esta extensión y laxitud con que las personas pueden ejercer su derecho a expresar su percepción de la realidad cambia drásticamente cuando se trata de instituciones que tienen como respaldo último la acción del Estado. En efecto, la verdad establecida por un ente con respaldo legal suele producir un efecto sancionatorio. Un ente de estas características no puede emitir opiniones o tomar decisiones con la misma libertad que un simple ciudadano.

Toda la doctrina democrática, la Constitución Política del Estado, los tratados internacionales de DDHH suscritos por Chile, la jurisprudencia de la Corte Suprema son coincidentes que no se puede aplicar a una sanción sin que esta verdad se haya alcanzado mediante un debido proceso.En la administración pública no se puede aplicar ni una amonestación sin un sumario previo.

Se entiende por debido proceso que el acusado haya podido formular su defensa, aportar sus pruebas y valorar las de la contraparte y disponer de los recursos de apelación correspondientes. Todo ello ante un Tribunal establecido con anterioridad al hecho imputado. Todo esto viene como un gran avance para la humanidad desde la “Declaración de los Derechos del Hombre y el ciudadano (1789)”.

Hace algo más de tres meses TVN emitió un programa de televisión bajo el nombre “Los tentáculos narcos en San Ramón”. Se denunciaron hechos de corrupción consistentes en la venta de super ochos y cigarrillos sueltos en un kiosko  por un funcionario que ganaba menos de 400 mil pesos mensuales. Se denunció también la coprolalia; dos funcionarios habrían discutido utilizando términos no contemplados en el diccionario de la RAE, aunque habían hecho las paces el hecho estaba ahí en su descomunal gravedad.   El plato fuerte consistió en que estaríamos en presencia de un “narco” alcalde, un “narco” municipio y lo que es más grave una “narco comuna”. Esto último se sostuvo  esencialmente en la contratación de una persona para un programa que tenía antecedentes penales y que había reincidido encontrándose actualmente  preso por tráfico.

Las imágenes y reflexiones se dirigían directamente contra el ”narco  alcalde”. No se dijo que el funcionario contratado no lo había sido por el alcalde Miguel Ángel Aguilera quien a la fecha del contrato estaba siendo sometido a una cirugía en un centro médico. Tampoco se dijo que esto aunque discutible éticamente estaba permitido por la Contraloría.

Aguilera es un líder popular del socialismo elegido con el 70 % de los votos en su comuna y a la fecha era vicepresidente del PS y uno de los más fuertes puntales de la candidatura de Alejandro Guillier surgida en contradicción directa la postulación de Ricardo Lagos.

Se desató un ciclón mediático.

La dirección socialista cayó presa del pánico y en 48 horas interpuso una querella sin mención alguna a narcotráfico. Basada solo en el programa de televisión.

Lo peor vino del Tribunal Supremo socialista quien en el curso de pocos días procedió a expulsar al Alcalde Aguilera. No se escuchó su defensa, cosa que pudo perfectamente hacerse. Cuando un acusado por leyes comunes no lo hace se le puede apercibir e incluso nombrarle un abogado contra su voluntad, se debe analizar y ponderar la prueba ofrecida o recabada por el Tribunal. Sólo después de esto era legítimo dictar sentencia.

Aguilera, es hijo y nieto de socialistas de larga trayectoria, un hombre hecho a sí mismo desde los barrios populares en una organización donde el clasismo no está ausente. Agobiado, renunció invocando la doctrina y los líderes históricos del socialismo, otros militantes fueron también expulsados sin más trámite. El afán persecutorio no cesó, se le expulsó.

La institucionalidad del PS se distanció de su historia, de sus principios y hasta de la legalidad. Se cometió un error monumental.

El Partido Socialista que surge en 1933 tiene como una de sus diferencias con el Partido Comunista en aquellos tiempos fundacionales  su escepticismo con la experiencia soviético-stalinista. Uno de cuyos aspectos más criticables eran las purgas en que dirigentes revolucionarios probados eran acusados de  las peores traiciones y luego fusilados en tiempos brevísimos y sin que nunca pudieran tener derecho a una defensa digna de tal nombre. Los llamados “procesos de Moscú” en que connotados dirigentes de la revolución de Octubre fueron purgados hasta la muerte causo escándalo en el socialismo chileno y contribuyó a la creación de su doctrina. Es conocido como el joven Allende criticó duramente estas prácticas.

Durante la dictadura militar el PS fue acusado de un fantasioso “Plan Z” que contemplaría electrificar la parada militar, hacer desembarcar tropas cubanas en Valdivia, envenenar el agua en Iquique entre otros despropósitos. Lo triste de ese delirio fue que decenas de socialistas fueron fusilados a cuenta de este montaje, nunca tuvieron derecho a una defensa real. El PS no podía ni debía olvidarlo.

El socialismo chileno  adhiere a la democracia republicana y a un estado de derecho en el marco irrestricto del respeto a los Derechos Humanos. Nada de esto es concebible sin la institución del debido proceso.
 
La situación de los militantes socialistas se hace precaria, basta una agresión mediática y se puede ser linchado públicamente y sin derecho a defensa.

Han pasado los meses y el alcalde sigue en su cargo, con el respaldo de los vecinos de la comuna. La verdad surge tan lenta como inexorable. Sólo la UDI reclama no ver aniquilado al alcalde.

Aguilera en la única  entrevista concedida por estos hechos ha señalado ser víctima de una vendetta del entorno de Ricardo Lagos señalando importantes dirigentes socialistas con nombre y apellido. No habría sido muy relevante escuchar este testimonio y recibir las pruebas que lo respaldarían?.

Cuando se ejercen funciones jurisdiccionales nunca se debe ´perder la calma. La Justicia es siempre serena.

ROBERTO AVILA TOLEDO 

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