Noviembre 15, 2024

Guetos Verticales: Permisos de edificación deben ser invalidados

Fundación Defendamos la Ciudad, acompañando documentación oficial, desmiente a todos los funcionarios públicos y actores privados de la construcción quienes han aseverado que las invasivas torres habitacionales bautizadas por el intendente Orrego como guetos verticales se han aprobado porque no existe un Plan Regulador Comunal en Estación Central. Por tanto, los permisos de edificación entregados deben ser invalidados, dice la Fundación.

 

Santiago, jueves 27 de julio de 2017.- Patricio Herman, presidente de Defendamos la Ciudad, expresa que la comuna de Estación Central, si tiene Plan Regulador Comunal, tal como dan cuenta los documentos oficiales, tanto de la Municipalidad de Estación Central, como del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

De ello dan cuenta, los siguientes actos de Autoridad:

  1. La Modificación N° 1, del PRC de Estación Central, publicada en el Diario Oficial del 30 de enero de 2014, aprobada por Decreto N° 41 exento, del Alcalde de Estación Central, donde reconoce que modifica el antiguo PRC de Santiago, vigente para la comuna.

  2. Luego, se aprobó la Modificación N° 2, del PRC de Estación Central, publicada en el Diario Oficial del 4 de enero de 2017, aprobada por Decreto N° 32, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, suscrito por la actual Ministra Paulina Saball, donde reconoce vigente el actual PRC de Santiago. Dicho Decreto N° 32 fue también con Toma de Razón por la Contraloría General de la República, y por tanto, también la Contraloría lo entiende plenamente vigente.

  3. A continuación, se dicta el Decreto Alcaldicio N° 324, de Estación Central, publicado en el Diario Oficial del 26 de abril de 2017, donde se reconoce por parte del Alcalde, la plena vigencia del PRC de Santiago, para justificar la postergación de permisos mientras se modifica dicho Plan Regulador en Estación Central.

Sin embargo, y no obstante lo categórico de los actos administrativos citados, parece que algunas Autoridades tienen mala memoria respecto de los decretos que suscriben, como ocurre con la Ministra de Vivienda y Urbanismo y el Seremi Metropolitano de Minvu y el propio Alcalde de Estación Central.

En el considerando a), del mencionado Decreto N° 32, la Ministra dejó constancia de lo siguiente:

 

“a) Que al crearse la comuna de Estación Central, en el año 1985 heredó de la comuna de Santiago -en lo que a normas urbanísticas se refiere- el instrumento vigente en el área jurisdiccional cedida, conformado por conformado por el Plano Oficial de Urbanización de la comuna de Santiago N° 1.541 aprobado mediante DS N° 3.850 (Interior), de fecha 31 de julio de 1939, y por la Ordenanza Local de Edificación para la comuna de Santiago aprobada mediante DS N° 4.716 (Interior), de fecha 12 de septiembre de 1939, y sus modificaciones, contenidas en el DS N° 245 (Minvu), de 2 de mayo de 1967 y en el decreto Alcaldicio Secc. 2a N° 41 de fecha 15 de enero de 2014, de la Municipalidad de Estación Central.”

 

A pesar ello, la señora Ministra ha realizado una serie de declaraciones de prensa, donde sigue insistiendo de la supuesta inexistencia de un Plan Regulador Comunal vigente para la comuna de Estación Central.

 

El 13 de mayo de 2017, en Radio Cooperativa, la Ministra Saball dijo:

 

“Aunque no haya plan regulador “es necesario regirse por la ordenanza de este tipo de construcciones”

 

El 10 de abril de 2017, en Radio Cooperativa, la Ministra Saball dijo:

 

“El tema de fondo es que la comuna de Estación Central tiene que gestionar su plan regulador para que esta zona de la comuna tenga normas como todo el resto de la ciudad”

 

El 12 de abril de 2017, en EMOL, la Ministra Saball también se refiere a los guetos verticales de la comuna de Estación Central, volviendo a sostener que “no hay norma”.

 

Igual ocurre con el Seremi, que estima que tanto el Plan Regulador Comunal como el antiguo Plan Seccional Alameda poniente están tácitamente derogados, y por ello, no existe norma urbanística que aplicar, no obstante que el propio Seremi ha participado activamente en las dos modificaciones del Plan Regulador de Estación Central que heredó de la comuna de Santiago, instrumento que la Contraloría lo estima vigente al tomar razón del Decreto 32, de la Ministra de Vivienda.

 

A raíz de esta falta de memoria colectiva o inconsistencia incomprencible, entones la DOM de Estación Central aprobó 75 Permisos de Edificación sin exigir las normas de altura máxima y de constructibilidad que establecen las normas urbanísticas que afectan a las construcciones en esa comuna, derivadas por una parte, del Plan Regulador Comunal de Santiago vigente para la comuna de Estación Central y del artículo 3° transitorio del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, como es el caso de los territorios heredados de Quinta Normal.

 

Veamos un ejemplo:

 

El Permiso de Edificación N° 71, del 2016, fue otorgado con fecha 20 de abril de 2016, mediante el cual se autoriza a construir 24.334,55 m2, en 3 pisos, destinados a 434 departamentos y 156 estacionamientos, en un sistema de edificación continua, en un terreno de tan solo 1.857,71 m2, en favor de Inmobiliaria SUKSA Ltda.

 

Por la ubicación del predio objeto del permiso, éste se encuentra dentro de la porción de territorio heredado de la comuna de Santiago, afecto por el Plan Regulador Comunal de Santiago, vigente para la comuna de Estación Central, dentro de la Zona V, cuyas normas urbanísticas exigibles son:

 

Altura máxima                                            :           8 metros.

Coeficiente de Constructibilidad          :           0,5 para lotes esquina; 0,4 para demás predios.

Rasante                                                       :           65°.

 

Pues bien, según los antecedentes del proyecto, éste contempla una constructibilidad del proyecto es de 8,87, es decir, más de 22,2 veces la máxima permitida en el PRC, que es de solo 0,4.

 

Asimismo, el proyecto tiene una altura aproximada de 70 metros (28 pisos), en circunstancias que la altura máxima permitida es de solo 8 metros, es decir, sobrepasa el límite permitido en 8,75 veces.

 

De ahí que no es de extrañar que, según los antecedentes del proyecto, éste contemple una densidad de 9.344 habitantes por hectárea, allí donde el PRMS solo admite 600.

 

Otro ejemplo aún más audaz: El Permiso de Edificación N° 187, de 2016, que se adjunta, para el predio ubicado en calle Conde del Maule N° 4675, otorgado por el Director de Obras Municipales (DOM) de Estación Central en favor de Inmobiliaria Suksa Limitada, autorizó una construcción de 27.982,04 m2, en 35 pisos, en un terreno aún más pequeño, de tan solo 1.131,13 m2, para 544 departamentos, 195 bodegas, 2 locales comerciales, 146 estacionamientos de vehículos y 140 estacionamientos para bicicletas, con la sorprendente densidad de 19.237 habitantes por hectárea (Hab/Há), cuando la media de la Región Metropolitana de Santiago es de sólo 150 Hab/Há.

Dicho proyecto, ubicado en los territorios heredados de la comuna de Quinta Normal, contempla una constructibilidad de 16,78, lo que contrasta con la constructibilidad máxima de 2,4 establecida en el artículo 3° transitorio del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, norma supletoria aplicable, a falta de un Plan Regulador Comunal para esa porción del territorio, heredado de la comuna de Quinta Normal.

 

Es decir, en el caso específico del ejemplo, la constructibilidad se sobrepasa en casi 7 veces, es decir, en un 599% la máxima permitida.

 

¿A quién favorece y a quién perjudica la mala memoria de algunas Autoridades?

 

En todo caso, tomando en cuenta que los 75 permisos de edificación aprobados, que suman 57.882 nuevos departamentos, importan aumentar la población de Estación Central en cerca de 231.520 mil personas en la comuna, no obstante actualmente dicha comuna tiene tan solo 119,292 habitantes, conforme a la cifra arrojada por el último Censo de Población y Vivienda del año 2012 (Fuente INE).

 

Lo anterior se agrava por el hecho que se trata de una comuna de escasos recursos, que se caracteriza por tener déficits en materia educacional, de salud, comercio, dotación policial, estructura vial, etc.

 

Es decir, implica duplicar toda la población de la comuna, concentrada en unas pocas calles, en su mayoría pequeñas. Tan sólo en la calle Toro Mazotte, se han aprobado al menos 8 Permisos de Edificación, que suman 18.536 personas, respecto de una vía de categoría local –la más pequeña de las categorías-, con únicamente dos pistas de circulación, al igual que ocurre con calle Conde del Maule, que suman otros 3.387 departamentos que representan a 13.548 personas, lo que suma 32.084 nuevas personas, en solo dos calles, lo que implica un incremento poblacional del 27% respecto del total de la comuna.

 

Esta situación se le ha dado a conocer recientemente, por escrito, a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), a la Cámara Chilena de la Construcción (CCHC) y en diferentes presentaciones se le ha solicitado a la Contraloría General de la República (CGR) que emita un categórico dictamen sobre los 75 permisos de edificación y 30 anteproyectos mal cursados por el Director de Obras de Estación Central, cuyo listado se les entregó a los anteriores. Curiosamente la prensa en general, también ha repetido que en la comuna de Estación Central no hay un Plan Regulador que obligue a los solicitantes de permisos de edificación a respetar sus normas urbanísticas que están vigentes.

 

La conclusión de todo esto, es que los 75 Permisos de Edificación están mal otorgados, y por ende, deben ser invalidados administrativamente, o anulados por la justicia, toda vez que son contrarios a derecho. En tal sentido, hay que tener presente lo dispuesto en los artículos 22°, 23° y 148, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

 

Se adjunta un relato más detallado de la situación titulado “verdades y mentiras”, listado de los 105 permisos y anteproyectos y plano de ubicación de tales actos municipales.

 

 

Documento 1

Documento 2

 

Documento 3

 

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